BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2024-3524

Aprobación inicial expediente de modificación presupuestaria mediante suplemento de crédito n.º 1/2024

Publicado el  10/25/24, BOP número  207

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Villel

Departamento:
Ayto. de Villel

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APROBACIÓN INICIAL EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA MEDIANTE SUPLEMENTO DE CRÉDITO N.º 1/2024
Yo, Beatriz Muniesa Herrero, Secretaria-Interventora del Ayuntamiento de Villel,
CERTIFICO
Que en la sesión de pleno celebrada el 14 de octubre de 2024 se adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
TERCERO. APROBAR INICIALMENTE, SI PROCEDE, EL EXPEDIENTE Nº 57/2024 MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS. MODALIDAD SUPLEMENTO DE CRÉDITO FINANCIADO CON CARGO A MAYORES INGRESOS Nº 1/2024
Ante la existencia de gastos de inversión para los que el crédito consignado en el vigente Presupuesto de la Corporación es insuficiente y no ampliable, se hace precisa la modificación de créditos de dicho Presupuesto de la Corporación bajo la modalidad de suplemento de crédito con cargo a mayores ingresos.
Vista la memoria de Alcaldía en la que se justifica la aprobación del suplemento de crédito, las aplicaciones presupuestarias a las que afecta y los medios o recursos que han de financiarla.
Visto el Informe de Intervención.
Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 179.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y 42.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I, del Título VI, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, en materia de Presupuestos, estas modificaciones, en cuanto sean aprobadas por el Pleno, seguirán las normas sobre información, reclamaciones, recursos y publicidad a que se refieren los artículos 169, 170 y 171 del referido Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Por todo ello, se propone al PLENO DE LA CORPORACIÓN:
1.- Aprobar inicialmente el acuerdo de modificación presupuestaria mediante suplemento de crédito.
2.- Exposición al público del acuerdo, previo anuncio en el correspondiente Boletín Oficial de la Provincia, por quince días, durante los cuales las personas interesadas podrán examinarlos y presentar reclamaciones conforme a lo dispuesto en el artículo 170 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Sometida la propuesta a votación, es adoptada por unanimidad de los asistentes.
Lo que certifico a todos los efectos, por orden y con el Visto Bueno del Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Villel.
Villel, 17 de octubre de 2024.- El Alcalde, José María Pérez Serrano.
Documento firmado electrónicamente.
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