BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN, MEDIANTE CONCURSO, DE UN MONITOR DEPORTIVO PARA EL AYUNTAMIENTO DE PEÑARROYA DE TASTAVÍNS
Primera.- Objeto de la convocatoria
1. Es objeto de las presentes bases la selección, mediante procedimiento de concurso, de un monitor deportivo para el Ayuntamiento de Peñarroya de Tastavíns, en régimen de personal laboral temporal, destinado al desarrollo del programa municipal de actividades deportivas y dinamización del gimnasio municipal.
La jornada de trabajo será la que se establezca en el correspondiente contrato laboral, pudiendo desarrollarse en horario de mañana o tarde, de lunes a viernes, y excepcionalmente en fines de semana o festivos cuando así lo requieran las actividades deportivas organizadas por el Ayuntamiento.
La duración del contrato será temporal, vinculada al desarrollo del programa municipal de actividades deportivas, sin que en ningún caso suponga la cobertura de una necesidad estructural de plantilla.
2. Con el resto de aspirantes que participen en el proceso selectivo se constituirá una bolsa de empleo, ordenada según la puntuación obtenida, que podrá utilizarse para futuras contrataciones temporales de monitores deportivos cuando las necesidades del servicio así lo requieran.
La vigencia de la bolsa de empleo se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2027, salvo que se acuerde su prórroga o se convoque un nuevo proceso selectivo.
3. Las funciones a desarrollar serán, entre otras, las siguientes:
a) Organización, coordinación y desarrollo de actividades deportivas municipales dirigidas a distintos grupos de edad.
b) Dinamización y supervisión del gimnasio municipal y de las instalaciones deportivas.
c) Asesoramiento básico a los usuarios en el uso de máquinas y material deportivo.
d) Control del correcto uso de las instalaciones deportivas municipales.
e) Colaboración en la organización de eventos, actividades y programas deportivos promovidos por el Ayuntamiento.
f) Control básico del material deportivo municipal y comunicación de incidencias.
g) Cualesquiera otras tareas relacionadas con la dinamización de las actividades deportivas municipales que puedan ser encomendadas por la Alcaldía.
Segunda.- Requisitos de los aspirantes
Para ser admitidos en el proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos para el acceso al empleo público en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas propias del puesto.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse en inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas.
e) Estar en posesión de titulación o formación relacionada con la actividad física y deportiva, tales como:
Técnico Deportivo o Técnico Superior en Enseñanza y Animación Sociodeportiva.
Técnico en Guía en el Medio Natural y de Tiempo Libre.
Certificados profesionales o cursos relacionados con actividades deportivas, monitor deportivo o similares.
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá acreditarse su homologación.
Tercera.- Solicitudes
1. Las personas interesadas deberán presentar solicitud dirigida al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Peñarroya de Tastavíns, conforme al modelo incluido en el Anexo I.
Las solicitudes podrán presentarse:
En el Registro General del Ayuntamiento.
A través de la sede electrónica municipal.
En cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales, contados desde el día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
2. A la solicitud se acompañará:
a) Copia del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente.
b) Copia de la titulación o formación exigida.
c) Documentación acreditativa de los méritos alegados para su valoración en la fase de concurso.
Únicamente serán valorados los méritos debidamente acreditados dentro del plazo de presentación de solicitudes.
Cuarta.- Admisión de aspirantes
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldía dictará resolución aprobando la lista provisional de admitidos y excluidos, que se publicará en la sede electrónica y tablón de anuncios del Ayuntamiento.
Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de tres días naturales para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión.
Transcurrido dicho plazo y resueltas las alegaciones, se aprobará la lista definitiva de admitidos y excluidos.
Quinta.- Tribunal calificador
1. El Tribunal calificador estará compuesto por:
Presidente.
Secretario.
Dos vocales.
Su composición se ajustará a lo dispuesto en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, Estatuto Básico del Empleado Público.
2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la presencia de la mayoría de sus miembros.
3. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse cuando concurran las circunstancias previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público.
4. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas o incidencias que puedan surgir en la aplicación de las presentes bases.
Sexta.- Procedimiento de selección
La selección se realizará mediante concurso de méritos, con una puntuación máxima de 10 puntos, conforme al siguiente baremo:
A) Experiencia profesional (máximo 6 puntos)
Experiencia como monitor deportivo o en actividades deportivas: 0,50 puntos por año, hasta un máximo de 6 puntos.
B) Formación relacionada con el puesto (máximo 4 puntos)
Titulaciones oficiales en el ámbito deportivo: hasta 2 puntos.
Cursos de formación relacionados con actividades deportivas, entrenamiento, monitoraje o dinamización deportiva:
Cursos de 20 a 50 horas: 0,25 puntos
Cursos de 51 a 100 horas: 0,50 puntos
Cursos de más de 100 horas: 1 punto
En ningún caso se valorarán méritos que no hayan sido debidamente acreditados documentalmente.
Séptima.- Calificación final
La puntuación final vendrá determinada por la suma de los puntos obtenidos en el concurso de méritos.
En caso de empate se atenderá, por este orden, a:
1. Mayor puntuación en experiencia profesional.
2. Mayor puntuación en formación.
3. Sorteo.
Octava.- Propuesta de contratación
Concluida la valoración de méritos, el Tribunal publicará la relación de aspirantes ordenados por puntuación y elevará propuesta de contratación al Alcalde-Presidente a favor del aspirante que haya obtenido mayor puntuación.
Novena.- Presentación de documentación y contratación
El aspirante seleccionado deberá presentar en el Ayuntamiento la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria cuando sea requerido para ello.
Una vez comprobada la documentación, se procederá a la formalización del correspondiente contrato laboral temporal, con el periodo de prueba que establezca la normativa laboral vigente.
Décima.- Bolsa de empleo
Con los aspirantes que hayan participado en el proceso selectivo se constituirá una bolsa de empleo ordenada según la puntuación obtenida.
Esta bolsa podrá utilizarse para futuras contrataciones temporales de monitores deportivos cuando las necesidades del servicio lo requieran.
Undécima.- Recursos
Las presentes bases y cuantos actos administrativos se deriven de ellas podrán ser impugnados en los términos previstos en la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público.
Peñarroya de Tastavins, a fecha de firma electrónica.
ANEXO I
MODELO DE SOLICITUD
D./Dª .............................................................................. con DNI nº .............................., con domicilio a efectos de notificaciones en .........................................................…
EXPONE:
1. Que conoce y acepta las bases de la convocatoria para la selección mediante concurso de un monitor deportivo para el Ayuntamiento de Peñarroya de Tastavíns.
2. Que reúne todos los requisitos exigidos en la convocatoria.
3. Que adjunta la documentación acreditativa de los méritos alegados.
SOLICITA:
Ser admitido/a en el proceso selectivo correspondiente.
En Peñarroya de Tastavíns, a ......... de .................. de .......…
Fdo.: ...........................................…