BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2025-4273

Aprobación definitiva del Presupuesto Municipal para el ejercicio 2026.

Publicado el  12/22/25, BOP número  242

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Villel

Departamento:
Ayto. de Villel

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APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PRESUPUESTO MUNICIPAL PARA EL EJERCICIO 2026.

Aprobado definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento de Villel para el ejercicio 2026, al no haberse presentado reclamaciones en el período de exposición pública, y comprensivo aquel del Presupuesto General de la Entidad, Bases de Ejecución y Plantilla de Personal, de conformidad con el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:

ESTADO DE GASTOS
Capítulo
Concepto
Euros
I
GASTOS DE PERSONAL
97.500,00
II
GASTOS EN BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS
226.900,00
III
GASTOS FINANCIEROS
1.000,00
IV
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
9.500,00
V
FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS
0,00
VI
INVERSIONES REALES
93.00,00
VII
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
0,00
VIII
ACTIVOS FINANCIEROS
0,00
IX
PASIVOS FINANCIEROS
100,00
TOTAL GASTOS
428.000,00

ESTADO DE INGRESOS
Capítulo
Concepto
Euros
I
IMPUESTOS DIRECTOS
111.000,00
II
IMPUESTOS INDIRECTOS
3.000,00
III
TASAS, PRECIOS PÚBLICOS Y OTROS INGRESOS
77.100,00
IV
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
133.000,00
V
INGRESOS PATRIMONIALES
30.900,00
VI
ENAJENACIÓN DE INVERSIONES REALES
0,00
VII
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
73.000,00
VIII
ACTIVOS FINANCIEROS
0,00
IX
PASIVOS FINANCIEROS
0,00
TOTAL INGRESOS
428.000,00


PLANTILLA DE PERSONAL
A) Personal Funcionario
1 plaza de Secretaría-Intervención Grupo A1 Nivel 26.
B) Personal Laboral Indefinido
1 plaza de Limpieza del Centro de Salud
1 plaza de Limpieza del Ayuntamiento y Escuela municipal
C) Personal Laboral Temporal
2 plazas de Peón

Contra la aprobación definitiva del Presupuesto podrá interponerse directamente recurso Contencioso–administrativo en la forma y plazos que establecen la normativa vigente, según lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Villel, a fecha de firma electrónica.
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