BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2025-3375

Aprobación provisional modificación Ordenanzas Fiscales varias.

Publicado el  10/24/25, BOP número  202

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Alcañiz

Departamento:
Ayto. de Alcañiz

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El Pleno del Ayuntamiento de Alcañiz, en sesión celebrada el día 20 de octubre de 2025, acordó la aprobación provisional de la modificación de las siguientes Ordenanzas Fiscales del Ayuntamiento de Alcañiz para el ejercicio 2026:
- Nº 32.- Impuesto sobre bienes inmuebles.
- Nº 33.- Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.
- Nº 2.- Tasa por licencias de autotaxis y demás vehículos de alquiler.
- Nº 3.- Tasa por recogida de basuras.
- Nº 4.- Tasa de Cementerio municipal.
- Nº 6.- Tasa por expedición de documentos administrativos.
- Nº 7.- Tasa por entrada de vehículos a través de las aceras o desde la vía pública y la reservas de vía pública para aparcamiento, carga y descarga de mercancías de cualquier clase.
- Nº 9.- Tasa por la utilización de columnas, carteles y otras instalaciones para la exhibición de anuncios.
- Nº 10.- Tasa por apertura de zanjas, calicatas y calas en terrenos de uso público y cualquier remoción de pavimento o aceras de vía pública.
- Nº 13.- Tasa por la utilización de piscinas y pabellón polideportivo.
- Nº 14.- Tasa por ocupaciones del subsuelo, suelo y vuelo de la vía pública y terrenos de uso público.
- Nº 15.- Tasa por saca de arenas y otros materiales de construcción en terrenos públicos.
- Nº 42.- Tasa por servicio de retirada y depósito de vehículos abandonados o estacionados defectuosa o abusivamente en la vía pública, o por otras causas; así como por retirada y depósito de puestos de venta ambulante y sus mercancías ubicados en la vía pública de manera indebida.
- Nº 44.- Tasa por prestación de servicios por la policía local.


Dicho expediente, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 15 a 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, se somete a información pública por el plazo de treinta días hábiles a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Conforme al artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, finalizado el período de exposición pública la Corporación adoptará los acuerdos definitivos que procedan, resolviendo las reclamaciones que se hubieran presentado y aprobando la redacción definitiva de las ordenanzas con las modificaciones a que se refiera el acuerdo provisional. En el caso de que no se hubieran presentado reclamaciones, se entenderán definitivamente adoptados los acuerdos, hasta entonces provisionales, sin necesidad de acuerdo plenario.

Alcañiz, a fecha de firma electrónica.
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