BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2024-3850

Elevación definitiva del expediente de modificación de créditos n.º 2024/MOD/004, del Presupuesto 2024.

Publicado el  11/19/24, BOP número  223

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Albarracín

Departamento:
Ayto. de Albarracín

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En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo del pleno del Ayuntamiento de Albarracín de fecha 26 de septiembre de 2024 en el que se aprueba inicialmente el expediente de modificación de créditos nº 2024/MOD/004 del Presupuesto 2024 en la modalidad de crédito extraordinario con el siguiente detalle:
El Presupuesto de Gastos ha sido aumentado de la siguiente forma:
Aumento de Gastos
Modificación
Org.
Prog.
Eco.
Vinc.
Denominación
Importe
Crédito Extraordinario
4590
63900
4.6
Otras Inversiones de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios
57.000,00
Crédito Extraordinario
1521
63500
1.6
Mobiliario equipamiento viviendas municipales
24.000,00
Total Aumento
81.000,00
Esta modificación se financia con cargo a:
Disminución de Gastos
Modificación
Org.
Prog.
Eco.
Vinc.
Denominación
Importe
Baja por Anulación
1330
60900
1.6
Ejecución zona de aparcamiento zona Colegio Público (POS)
-57.000,00
Baja por Anulación
1500
68200
1.6
Rehabilitacion de viviendas municipales
-24.000,00
Total Disminución
-81.000,00
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Albarracín.- A fecha de firma electrónica.
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