BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2024-2560

Aprobación inicial de la modificación del reglamento regulador de la escuela infantil municipal

Publicado el  7/25/24, BOP número  142

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Camarena de la Sierra

Departamento:
Ayto. de Camarena de la Sierra

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APROBACIÓN INICIAL DE LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO REGULADOR DE LA ESCUELA INFANTIL MUNICIPAL
Aprobado inicialmente la modificación del Reglamento Regulador de la Escuela Infantil del Ayuntamiento de Camarena de la Sierra (Teruel), por Acuerdo del Pleno de fecha de 15 de julio de 2024, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, 56 del Texto Refundido de Régimen Local, 140 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, y 130.2 del Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón aprobado por Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, se somete a información pública por el plazo de treinta días hábiles, a contar desde día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas:
Camarena de la Sierra.- Modificación del Reglamento Regulador de la Escuela Infantil Cienfuentes:
“Artículo 8.- Podrán solicitar plaza los niños nacidos, menores de 6 años que estén empadronados en CAMARENA DE LA SIERRA. En el caso de existir plazas vacantes, éstas se podrán ofertar a aquellas personas que aunque no estén empadronadas en el municipio, si estén desarrollando una tarea profesional en el mismo o pertenezcan a municipios cercanos sin existencia de este servicio.
Se podrá solicitar plaza para aquellos alumnos que, no habiendo nacido en el momento de la publicación de la pertinente convocatoria, su nacimiento esté previsto con anterioridad al 1 de julio del correspondiente año. Teniendo en cuenta la organización de la Escuela Infantil Municipal, se determinará como edad mínima de incorporación de estos niños las a partir de las 16 semanas después del parto. El Ayuntamiento deberá informar del contenido educativo, de su régimen interior y de toda información relativa al proceso de admisión de alumnos, a los padres, madres o tutores de alumnos/as que soliciten plaza en las mismas, así como exponer en los tablones de anuncios, con carácter previo a la apertura de plazo de presentación de solicitudes, la siguiente documentación:
- Normativa reguladora del funcionamiento de la Escuela Infantil Municipal.
- Oferta de plazas vacantes existentes, criterios de admisión y baremo.
- Plazo de presentación de solicitudes.
- Calendario del procedimiento de admisión de alumnos: Fecha de publicación de las relaciones de alumnos admitidos y no admitidos, en su caso, fecha de sorteo público de desempate, si es necesario, y plazos de presentación de reclamaciones.”
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el Acuerdo de modificación del mencionado Reglamento Regulador.
Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 140 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón.
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