BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2024-2605

Bases y convocatoria de las pruebas selectivas para la provisión en propiedad de una plaza de auxiliar administrativo

Publicado el  7/31/24, BOP número  146

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Calamocha

Departamento:
Ayto. de Calamocha

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Por Resolución de Alcaldía 526/2024, de 23 de julio de 2024, se aprobaron las bases y la convocatoria para cubrir la plaza de Auxiliar administrativo para este Ayuntamiento de Calamocha, por promoción interna mediante concurso-oposición. Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:
“ BASES Y CONVOCATORIA DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE LA ESCALA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL, VACANTE EN LA PLANTILLA DEL PERSONAL FUNCIONARIO DEL AYUNTAMIENTO DE CALAMOCHA, RESERVADA A PROMOCIÓN INTERNA.
Primera. Objeto de la convocatoria.
Es objeto de las presentes bases la provisión en propiedad de la plaza que se incluye en la oferta pública de empleo correspondiente al ejercicio del año 2024, aprobada por Resolución de Alcaldía nº 404/2024 de fecha 13 de junio de 2024, publicada en el Boletín Oficial de Aragón nº 120, de fecha 21 de junio de 2024, mediante la cual se convocan pruebas selectivas para la provisión de una plaza de Auxiliar Administrativo del Ayuntamiento de Calamocha, ingreso por promoción interna, como funcionario de carrera y el sistema selectivo de concurso-oposición., conforme al siguiente número, denominación y características son las siguientes:
Grupo C, Subgrupo 2.
Escala: Auxiliar Administrativo.
Complemento de destino: 16.
Complemento específico: 4.193,64€
Número de vacantes: 1.
Segunda. Requisitos de los aspirantes.
Para formar parte en las pruebas de selección, los aspirantes deberán reunir las siguientes condiciones:
a) Ser funcionario de carrera del Ayuntamiento de Calamocha, perteneciendo a la Escala E de acuerdo con el artículo 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
b) Tener una antigüedad de al menos, dos años como personal funcionario de carrera en el cuerpo o escala desde el que se accede, según lo dispuesto en el artículo 18.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en relación con el artículo 76 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
c) Estar en posesión o en condiciones de obtener a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, o el título de Técnico o equivalente.
Tercera. Forma y Plazo de Presentación de Instancias.
Las solicitudes, requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de selección, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para la plaza que se opte, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro Electrónico General de este Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Asimismo, las bases de la convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://calamocha.sedelectronica.es]
Cuarta. Admisión de Aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://calamocha.sedelectronica.es], y se señalará un plazo de diez días hábiles para subsanación.
Las alegaciones presentadas serán resultas en el plazo de 30 días desde la finalización del plazo para presentación. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera dictado resolución alguna, las alegaciones se entenderán desestimadas.
Vistas las alegaciones presentadas, por Resolución de Alcaldía se procederá a la aprobación definitiva de la lista de admitidos y excluidos, que, igualmente será objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este Ayuntamiento.
En esta misma publicación se hará constar el día, hora y lugar en que habrán de realizarse todas las pruebas/el día, hora y lugar en que habrá de realizarse el primer ejercicio de selección. El llamamiento para posteriores ejercicios se hará mediante la publicación en la sede electrónica del Ayuntamiento [http://calamocha.sedelectronica.es] con doce horas, al menos, de antelación al comienzo de este, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo. Igualmente, en la misma resolución, se hará constar la designación nominal del Tribunal.
Quinta. Tribunal Calificador.
Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.
El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección.
El número de los miembros y los correspondientes suplentes de los Tribunales nunca será inferior a cinco, asimismo, su composición será predominantemente técnica y los vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Sexta. Sistema de Selección y Desarrollo del Proceso.
La promoción interna se efectuará mediante el sistema de concurso-oposición, con sujeción a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
En el sistema de concurso-oposición las convocatorias podrán fijar una puntuación mínima para acceder a la fase de oposición. En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para superar los ejercicios de la fase de oposición.
Téngase en cuenta que, en las convocatorias podrá establecerse la exención de las pruebas sobre aquellas materias cuyo conocimiento se haya acreditado suficientemente en las de ingreso al Cuerpo o Escala de origen.
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN: El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases:
FASE DE OPOSICIÓN: HASTA 50 PUNTOS
La fase de oposición consistirá en la realización de 2 pruebas de aptitud eliminatorias y obligatorias para los aspirantes.
Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.
Los candidatos deberán acudir provistos del NIF o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir.
El ejercicio de las pruebas será obligatorio y eliminatorio, calificándose hasta un máximo de 50 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 25 puntos.
Los ejercicios de la oposición serán los siguientes:
PRIMER EJERCICIO: Ejercicio test consistente en 20 preguntas, con 3 respuestas alternativas en las que sólo una será correcta. No penalizarán los errores. Tendrá una duración de 20 minutos. Se calificará de 0 a 20, siendo necesaria una calificación mínima de 10 puntos.
SEGUNDO EJERCICIO: Desarrollo de uno o varios supuestos prácticos. Tendrá una duración de 40 minutos y la calificación será de 0 a 30 puntos, siendo necesario una calificación mínima de 15 puntos. Los contenidos mínimos de estos programas serán relacionados con las funciones y tareas atribuidas legalmente a la escala, subescala o clase a que se refieren las pruebas.
FASE CONCURSO: HASTA 50 PUNTOS: La fase de concurso no será eliminatoria. Los méritos computables:
FORMACIÓN: Hasta 20 puntos:
Por cada curso de formación o perfeccionamiento 0,05 puntos por hora de curso de formación. Se valorarán las acciones formativas directamente relacionadas con la plaza a cubrir o con el temario de la presente convocatoria.
Los diplomas o certificados de asistencia deberán haber sido expedidos u homologados expresamente por Centros de formación de funcionarios dependientes de las Administraciones Publicas, por Centros docentes dependientes del Ministerio de Educación o de la Diputación General de Aragón o equivalente autonómico, por el INEM, INAEM o equivalente o por una Universidad.
EXPERIENCIA: Hasta 30 puntos
Tiempo de servicios prestados en el Ayuntamiento de Calamocha en puesto o plaza clasificada en el Grupo inmediatamente inferior a la convocada perteneciente a la escala de administración general o interinamente en puesto o plaza objeto de concurso, a razón de 3 puntos por año completo de trabajo, hasta un máximo de 30 puntos. La experiencia será acreditada mediante certificado de servicios prestados.
Séptima. Calificación. Relación de Aprobados, Presentación de Documentos y Nombramiento.
La calificación final será la suma de los puntos obtenidos en la fase de oposición y la obtenida en la fase de concurso.
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, los Tribunales harán pública la relación de aprobados por orden de puntuación en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://calamocha.sedelectronica.es], precisándose que el número de aprobados no podrá rebasar el número de plazas vacantes convocadas. Dicha relación se elevará al Presidente de la Corporación, que la publicará, una vez realizado el nombramiento, en el Boletín Oficial de la Provincia.
Los aspirantes propuestos acreditarán ante la Administración, dentro del plazo de veinte días hábiles desde que se publican en el Boletín Oficial de la Provincia, las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
Téngase en cuenta que, tal y como dice el artículo 23.3 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, los que tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación del Ministerio u Organismo del que dependan, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.
Las vacantes convocadas para la promoción interna que queden desiertas por no haber obtenido los aspirantes la puntuación mínima exigida para la superación de las correspondientes pruebas, se acumularán a las que se ofrezcan al resto de los aspirantes de acceso libre, salvo en el caso de convocatorias independientes de promoción interna en virtud del artículo 79 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
El Alcalde deberá nombrar funcionario al aspirante propuesto, en el plazo de 15 a contar desde la terminación de los veinte días anteriores. El nombramiento mencionado se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia. Una vez publicado el nombramiento de funcionario, éste deberá tomar posesión o incorporarse en el plazo de un mes.
Octava. Incompatibilidades.
Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y demás normativa aplicable.
Novena. Incidencias
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Teruel, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en Boletín Oficial de la Provincia (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
En lo no previsto en las Bases, será de aplicación el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, y la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
ANEXO I: TEMARIO
1. El derecho administrativo y sus fuentes. La actividad de las Administraciones Públicas: derechos de los ciudadanos. El procedimiento administrativo: iniciación, instrucción y terminación. La obligación de resolver y el silencio administrativo. Términos y plazos.
2. Las disposiciones administrativas. El acto administrativo: concepto, elementos y clases. Su motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos: nulidad y anulabilidad.
3. El procedimiento administrativo. Revisión de los actos administrativos: revisión de oficio y recursos.
4. El personal al servicio de las Administraciones Públicas: clases. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas.
5. La información y atención al público. Atención a las personas con discapacidad. Los servicios de información administrativa. Información general y particular a la ciudadanía. Servicios a la ciudadanía: Quejas y Sugerencias sobre los servicios públicos gestionados por el Gobierno de Aragón.
6. Concepto de documento, archivo y registro. Funciones del Registro. Tipos de archivo y funciones.
7. La Administración electrónica para mejorar la relación con los ciudadanos. Sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración. Identificación y firma de los interesados. Representación. Oficina de asistencia en materia de registros. Sistema de Interconexión de Registros. Notificación electrónica.
8. Informática básica: conceptos fundamentales sobre el hardware y el software. Sistemas de almacenamiento de datos. Sistemas operativos. Nociones básicas de seguridad informática. Introducción al sistema operativo: el entorno Windows.
9. Procesador de texto Word: Principales funciones y utilidades. Hoja de cálculo Excel: Principales funciones y utilidades. Correo electrónico: conceptos elementales y funcionamiento.
ANEXO II
D./Dª…….,con DNI………….., vecino de…………., con domicilio………… en…………., teléfonos…………….. EXPONE:
Que está interesado/a en participar en las pruebas selectivas para la provisión, por promoción interna, de una plaza de Auxiliar Administrativo de Administración General vacante en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Calamocha.
Que reúne todas y cada tina de las condiciones exigidas en la convocatoria y se compromete, en caso de ser propuesto para el correspondiente nombramiento, a prestar juramento o promesa de acuerdo con el Real Decreto 707/79, de 5 de abril.
Que acompaña a esta instancia:
- Fotocopia del documento nacional de identidad.
- Documentación acreditativa de la titulación exigida.
- Documentación que pretenda acreditarse en la fase de concurso, mediante aportación de documentos originales o fotocopia compulsada.
Que en vista de lo que ha expuesto, SOLICITA:
Ser admitido/a como aspirante en el citado procedimiento selectivo.
Calamocha a de de 2024
Fdo: SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE CALAMOCHA”
Contra las presentes bases, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante de este Ayuntamiento de Calamocha o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de Teruel, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
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