BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2024-0492

Aprobar la Modificación de la ordenanza municipal reguladora del otorgamiento de subvenciones, por la expedición de abonos o tarjetas a jubilados y minusválidos, por la utilización del servicio público de transporte urbano de viajeros mediante autobuses.

Publicado el  2/20/24, BOP número  36

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Teruel

Departamento:
Ayto. de Teruel

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Asunto: Modificación de la ordenanza municipal reguladora del otorgamiento de subvenciones, por la expedición de abonos o tarjetas a jubilados y minusválidos, por la utilización del servicio público de transporte urbano de viajeros mediante autobuses en la ciudad de Teruel.
Expediente n.º 351/2024/TE.
Unidad de TRANSPORTES Y SANCIONES.
8 de febrero de 2024.
Anuncio del Ayuntamiento de Teruel, relativo a la aprobación inicial de la modificación de la ordenanza municipal reguladora del otorgamiento de subvenciones, por la expedición de abonos o tarjetas a jubilados y minusválidos, por la utilización del servicio público de transporte urbano de viajeros mediante autobuses en la ciudad de Teruel.
El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 5 de febrero de 2024, y en el seno del expediente administrativo n.º 351/2024/TE, entre otros, adoptó el acuerdo cuyo dispositivo se transcribe a continuación:
“Primero.- Aprobar inicialmente la modificación de la ordenanza municipal reguladora del otorgamiento de subvenciones, por la expedición de abonos o tarjetas a jubilados y minusválidos, por la utilización del servicio público de transporte urbano de viajeros mediante autobuses en la ciudad de Teruel , consistiendo dicha modificación en:
Se modifica el título de la ordenanza, de tal modo que donde dice: “minusválidos”, pasa a decir: “personas con discapacidad”.
Se modifica el artículo 1 de la ordenanza, de tal modo que donde dice: “en relación con los abonos de jubilados y minusválidos en los términos del artículo 3”, pasa a decir: “en relación con los abonos de jubilados y personas con discapacidad en los términos del artículo 3”.
Se modifica el artículo 2, apartado b) de la ordenanza, de tal modo que donde dice: “b) Personas que presenten minusvalía acreditada igual o superior al 65 %, tanto en su modalidad física, psíquica o sensorial”, pasa a decir: “b) Personas que presenten un grado de discapacidad acreditada igual o superior al 65 %, tanto en su modalidad física, psíquica o sensorial”.
Se modifica el artículo 5, apartado b) de la ordenanza, de tal modo que donde dice: “b) Minusválidos con grado de minusvalía igual o superior al 65 %”, pasa a decir: “b) Personas con discapacidad en grado igual o superior al 65 %”, y del tal modo que donde dice: “- Certificado del Instituto Aragonés de Servicios Sociales acreditativo de la minusvalía igual o superior al 65 %”, pasa a decir: “- Certificado del Instituto Aragonés de Servicios Sociales acreditativo del grado de discapacidad igual o superior al 65 %”.
Segundo.- Abrir el correspondiente trámite de información pública, mediante la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel, Sección Oficial del Boletín de Aragón, y en el tablón de anuncios municipal, por un plazo de treinta días hábiles, durante los cuales los vecinos e interesados legítimos podrán examinar el expediente y formular reclamaciones, reparos u observaciones.
Tercero.- Conceder trámite de audiencia, por el mismo plazo previsto en el apartado anterior, a las asociaciones vecinales y de defensa de los consumidores y usuarios del ámbito territorial de la ciudad Teruel inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones vecinales y cuyos fines guarden relación directa con el objeto de la ordenanza que se modifica.
Cuarto.- Disponer la publicación de la modificación aprobada inicialmente en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Teruel.
Quinto.- Comunicar el presente acuerdo a la Unidad de Contratación, para su conocimiento y efectos, habida cuenta del vigente contrato de gestión del servicio público de transporte colectivo urbano de viajeros en la ciudad de Teruel, del que es concesionaria la empresa Autocares Urbanos de Teruel, S.L..
Sexto.- Comunicar el presente acuerdo, a los efectos procedentes, a la Intervención Municipal, a la Unidad de Servicios Sociales Municipales, a la Sra. Concejala Delegada del Servicio de Familia y Políticas Sociales, y al Sr. Concejal Delegado del Servicio de Transportes”.
Lo que se publica para general conocimiento.
En Teruel, a la fecha de la firma electrónica. La Técnico de Transportes y Sanciones
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