Visto anuncio de EXTRACTO del Decreto de Presidencia nº 2024-1063 de 5 de marzo de 2025 por el que se convocan subvenciones de Plan de Cooperación económica de la Diputación Provincial de Teruel y las entidades locales. Plan de Obras y Servicios. Barrios 2025 publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel número 46 de 7 de marzo de 2025.
Siendo que en el apartado del beneficiario consta un error en el Extracto de la Convocatoria a la Base Nacional de Subvenciones, pero no hay error en ningún documento del expediente Administrativo, por lo que entendemos un error material al presentarlo en la plataforma de la Base Nacional de Subvenciones, y que según lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”,
Resultando que, por error, el mismo se refiere a:
“Primero. — Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios todos los Ayuntamientos y Entidades Locales menores de la provincia de Teruel, excepto el Ayuntamiento de Teruel.”
Mediante la presente, se procede a su corrección señalando que:
DONDE DICE: “Primero. — Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios todos los Ayuntamientos y Entidades Locales menores de la provincia de Teruel, excepto el Ayuntamiento de Teruel.”
Como dice el Decreto convocatoria n.º 1063-2025, también el Extracto, DEBE DECIR:
“El Primero. — Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios todos los Ayuntamientos y Entidades Locales menores de la provincia de Teruel, que cuenten con barrios habitados, conforme al anexo que figura en la convocatoria.”
Así lo manda y firma el Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Teruel, a fecha de firma electrónica.
Teruel, a 7 de marzo de 2025.- El Presidente, D. Joaquín Pascual Juste Sanz. El Secretario General Acctal., D. Alberto Diego Pérez Fortea.