BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

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Aprobar la convocatoria de subvenciones para Asociaciones y Entidades Deportivas

Publicado el  4/9/24, BOP número  68

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Comarca Cuencas Mineras

Departamento:
Comarca Cuencas Mineras

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Extracto del Decreto de la Presidencia de la Comarca de Cuencas Mineras nº 102 de fecha 23 de marzo por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones para Asociaciones y Entidades Deportivas
BDNS (Identif.): 751459
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/751459)
Primero.- Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios todas las Asociaciones y Entidades Deportivas que tengan su sede en algún municipio de la Comarca de Cuencas Mineras.
Segundo.- Objeto y finalidad
La finalidad de la presente convocatoria es incentivar la realización de actividades deportivas en alguno de los municipios de la Comarca de Cuencas Mineras, impulsando y financiando proyectos de contenido deportivo que se desarrollen por Asociaciones/Entidades de esta Comarca. En concreto serán subvencionables los siguientes:
Las subvenciones en materia deportiva incluirán:
-Charlas, reuniones, congresos que se organicen con finalidad formativa o informativa sobre la nutrición, salud y buenas prácticas deportivas. Siempre que se coloque cartel de colaboración con el logotipo de la Comarca de Cuencas Mineras
-Clases deportivas de todas las modalidades que se impartan durante todo el año con la finalidad de entrenar, mejorar la técnica o el simple mantenimiento físico que se realicen en algún municipio de la Comarca.
-Inscripción y participación de la asociación en campeonatos, pruebas, ligas y competiciones que se desarrollen tanto dentro como fuera de la Comarca.
-Adquisición de material deportivo como balones, conos, equipos de música…que se consideren necesarios para la práctica de las diferentes modalidades deportivas hasta un máximo de 500 €
-Adquisición de desfibriladores
-Adquisición de botiquines o elementos farmacéuticos para su equipamiento.
-Contratación de fisioterapeutas, entrenadores o profesionales deportivos
-Gastos ocasionados por la adquisición de fichas federativas.
-Gastos en equipaciones deportivas siempre que se inserte el logotipo de la Comarca Cuencas Mineras.
-Gastos de desplazamientos, estancia y manutención de los participantes en campeonatos o competiciones deportivas fuera de la Comarca.
-Adquisición de trofeos, medallas u obsequios destinados a premiar a los ganadores o participantes de pruebas deportivas organizadas por la asociación o el club, siempre que se inserte el logotipo de la Comarca de Cuencas Mineras.
Quedan expresamente excluidas de ser subvencionadas las siguientes actuaciones y gastos:
Los gastos de mantenimiento de la propia Asociación como alquiler del local, gastos de luz, teléfono, calefacción…)
Gastos de mantenimiento y uso de vehículos propiedad de la Asociación o la entidad (combustibles, reparaciones…)
Tributos (IBI del local)
En caso de conferencias, no serán subvencionables los gastos por desplazamientos y dietas abonados al profesional, siendo únicamente subvencionables los honorarios por prestación de servicios (excluido el importe correspondiente a las retenciones de IRPF)Gastos de actuaciones protocolarias (comidas, cenas, aperitivos, regalos a los miembros de la Asociación o entidad…)
Que la Asociación/Entidad ya cuente con subvenciones mediante convenio o el proyecto se encuentre financiado por cualquier área de la Comarca.
En caso de que la actividad subvencionada no se realice finalmente, no se subvencionarán posibles gastos preparatorios de la misma.
Los intereses deudores de las cuentas bancarias
Los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales
Los gastos de procedimientos judiciales
Los gastos suntuarios
Actividades con ánimo de lucro
Será requisito imprescindible que en las diferentes actividades:
1º Que conste un cartel indicando como colaborador a la Comarca de Cuencas Mineras insertando su logotipo, así como en cualquier difusión publicitaria en radio, redes sociales o programa de actos en los que se difundan las actividades recogidas en el proyecto.
2º Que el responsable de cada Asociación/Entidad, suban las actividades programadas al calendario “google-calendar” que les será compartido desde Comarca.
Tercero.-Bases reguladoras
Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones se corresponden con la ordenanza general publicada en el BOP de Teruel nº 137 de fecha 20 de julio del 2023.
Cuarto.- Importe
La cuantía disponible para la financiación de las subvenciones previstas en esta convocatoria asciende a un importe máximo de 20.000 € con cargo a la aplicación presupuestaria de gastos número 2024-341-48000 del presupuesto de la Comarca de Cuencas Mineras.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel
Sexto.- Justificación
La documentación a presentar será la que se establece en el apartado nº 13 de la convocatoria. El plazo de presentación de las justificaciones finalizará el 1 de noviembre del 2024.
La convocatoria íntegra así como los modelos normalizados a cumplimentar por el solicitante estarán disponibles en la sede electrónica de la página web de la Comarca de Cuencas Mineras, en el portal de transparencia punto nº 4 ayudas y subvenciones: comarcacuencasmineras.sedelectronica.es/transparency/5f82bcd8-9616-4166-a720-6db515ce01c9/
Utrillas, 26 de marzo de 2024.- D. Javier Larraz López Presidente de la Comarca de Cuencas Mineras
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