BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2024-3387

Aprobación provisional de las Modificaciones de diversas Ordenanzas fiscales

Publicado el  10/14/24, BOP número  198

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Monterde Albarracín

Departamento:
Ayto. de Monterde Albarracín

Boletin PDF Imprimir Anuncio
SUMARIO
Acuerdo del Pleno de fecha 25 de septiembre de 2024 de la entidad de Monterde de Albarracín por el que se aprueba provisionalmente la Modificación de las siguientes Ordenanzas fiscales:
-ORDENANZA FISCAL Nº 1 REGULADORA DE LA TASA POR SERVICIO DE AGUA POTABLE A DOMICILIO
-ORDENANZA FISCAL Nº 2 REGULADORA DEL SERVICIO DE RECOGIDA DE BASURAS O RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS
-ORDENANZA FISCAL Nº 3 REGULADORA DEL SERVICIO DE CEMENTERIO
-ORDENANZA FISCAL Nº 7 REGULADORA DE LA TASA DE ALCANTARILLADO
Y la Imposición y ordenación de la siguiente Ordenanza fiscal:
-ORDENANZA FISCAL Nº 9 REGULADORA DEL IMPUESTO DE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS (ICIO)
TEXTO
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de septiembre de 2024 acordó la aprobación provisional de la MODIFICACIÓN de las siguientes Ordenanzas fiscales:
-ORDENANZA FISCAL Nº 1 REGULADORA DE LA TASA POR SERVICIO DE AGUA POTABLE A DOMICILIO
-ORDENANZA FISCAL Nº 2 REGULADORA DEL SERVICIO DE RECOGIDA DE BASURAS O RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS
-ORDENANZA FISCAL Nº 3 REGULADORA DEL SERVICIO DE CEMENTERIO
-ORDENANZA FISCAL Nº 7 REGULADORA DE LA TASA DE ALCANTARILLADO
Y la Imposición y ordenación de la siguiente Ordenanza fiscal:
-ORDENANZA FISCAL Nº 9 REGULADORA DEL IMPUESTO DE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS (ICIO)
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://monterdedealbarracin.sedelectronica.es].
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.
Monterde de Albarracín, a fecha de firma electrónica Fdo. Magin Galera Melé. El Alcalde-Presidente
Subir