BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2025-0876

Convocatoria subvenciones Programa Cultural comarcal Viajando por los Pueblos, 2025.

Publicado el  3/19/25, BOP número  54

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Comarca Comunidad de Teruel

Departamento:
Comarca Comunidad de Teruel

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Extracto del Decreto de Presidencia n.º 221/2025 de 12 de marzo de 2025, por el que se convocan subvenciones destinadas a la participación en el Programa Cultural comarcal Viajando por los Pueblos durante el ejercicio 2025; BDNS(Identif.): 819927.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/819927).

Primero. — Beneficiarios.
Los Ayuntamientos de la Comarca Comunidad de Teruel, Mancomunidades de municipios pertenecientes a la Comarca Comunidad de Teruel y las entidades sin ánimo de lucro (en el caso de los barrios pedáneos de la ciudad de Teruel) que desarrollen actividades con el destino y condiciones señalados en la convocatoria.

Segundo. — Objeto y finalidad.
Es finalidad de la presente convocatoria regular la concesión de subvenciones para impulsar la participación de los municipios de la Comarca Comunidad de Teruel en el programa de difusión cultural denominado Viajando por los Pueblos en el ejercicio 2025.
Con el objeto de dar difusión y promoción a los grupos de artes escénicas del ámbito geográfico de los municipios de la Comarca Comunidad de Teruel, se subvencionará con arreglo a lo dispuesto en la cláusula primera, las actuaciones artísticas contenidas en el catálogo denominado “Viajando por los pueblos 2025”, confeccionado previa convocatoria al efecto y que se encuentra disponible para su consulta en la página web de la Comarca www.comarcateruel.es.
El programa Viajando por los pueblos 2025 abarca las actuaciones comprendidas en el siguiente periodo desde el 1 de enero de 2025 al 30 de junio de 2025 y del 1 de octubre de 2025 al 15 de noviembre de 2025, como marco temporal dentro del cual deben realizarse las actuaciones artísticas subvencionadas. Fuera de este periodo, la actividad no será subvencionable en ningún caso.
Es objeto de la presente convocatoria atender los gastos de contratación de alguno de los grupos/entidades contenidos en el Catálogo Viajando por los pueblos conforme al importe de los cachés en él establecido, no así, gastos accesorios de la actuación descrita en el catálogo o los cobros por derecho de autor de las obras representadas.

Tercero. — Bases reguladoras.
Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones se aprobaron por el Pleno del Consejo Comarca de fecha 27 de septiembre de 2022 y publicada en el BOPTE número 228 de fecha 29 de noviembre de 2022.

Cuarto. — Importe.
La cuantía disponible total para la financiación de las subvenciones previstas en esta convocatoria asciende a un importe máximo de 16.000,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria de gastos 2025-03-3340.46201 de la Comarca Comunidad de Teruel y un importe máximo de 4.000,00 € con cargo a la aplicación presupuestaria de gastos 2025-03-3340.48002 de la Comarca Comunidad de Teruel.

Quinto.- Cuantía máxima de la subvención.
Se subvencionarán los siguientes importes máximos por tipo de proyecto:
Para la primera actuación con cargo al programa el importe a subvencionar será el siguiente:
Hasta 500 habitantes: Máximo el 80% actuación y como máximo 1.000,00 € por entidad solicitante
Más de 500 habitantes: Máximo el 70% actuación y como máximo 1.000,00 € por entidad solicitante
En el caso de que la cuantía disponible para la financiación de las subvenciones sea inferior a los importes máximos establecidos conforme a lo establecido en el párrafo anterior, el importe de la subvención se reducirá proporcionalmente hasta alcanzar la cuantía máxima disponible. La entidad solicitante deberá aportar el importe necesario hasta completar el caché que figura en el catálogo de grupos.
Para la segunda y posteriores actuaciones la entidad solicitante deberá aportar el 100% del caché que figura en el catálogo adjunto.
Sólo en caso de remanente de la partida presupuestaria referente al citado programa, se subvencionarán las segundas y posteriores actuaciones a las entidades solicitantes conforme a los porcentajes establecidos en función a su población, hasta completar el límite máximo de subvención de 1.000,00 € por entidad.
Las subvenciones que se otorguen con arreglo a las presentes bases serán incompatibles con otras ayudas de otras Administraciones o Instituciones, en especial, con otros programas de promoción y difusión de la cultura en los que participa la Comarca Comunidad de Teruel.

Sexto. — Plazo de presentación de solicitudes.
Para las actividades realizadas del 1/01/2025 al 30/06/2025 (tanto para primera solicitud como segunda):
El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel.
Para las actividades a realizar del 1/10/2025 al 15/11/2025 (tanto para primera solicitud como segunda):
El plazo de presentación de las solicitudes será del 1 al 31 de agosto de 2025.
La convocatoria íntegra será publicada en la web de la Comarca Comunidad de Teruel
(http://www.comarcateruel.es/).
Los impresos de solicitud, así como el resto de modelos normalizados a cumplimentar por el solicitante, se pondrán a disposición de los interesados en la página web de la Comarca Comunidad de Teruel:
https://acortar.link/p3WWCw
La secuencia para su obtención es la siguiente: www.comarcateruel.es / sede electrónica/ portal de transparencia/ Ayudas y subvenciones/2025/Subv. Viajando por los pueblos.

Teruel, a 12 de marzo de 2025.- El Presidente, D. José Herrero Palomar. Documento firmado electrónicamente.
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