BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2025-0400

Aprobación definitiva del presupuesto general para el ejercicio 2025.

Publicado el  2/11/25, BOP número  28

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Caminreal

Departamento:
Ayto. de Caminreal

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Aprobado definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento de Caminreal para el ejercicio 2025, al no haberse presentado reclamaciones en el período de exposición pública, y comprensivo aquel del Presupuesto General de la Entidad, Bases de Ejecución y Plantilla de Personal, de conformidad con el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por Capítulos.


Estado de Gastos

Capítulo
Descripción
Importe Consolidado
1
GASTOS DE PERSONAL
193.150,00
2
GASTOS EN BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS
294.820,00
3
GASTOS FINANCIEROS
6.300,00
4
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
0,00
5
FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS
0,00
6
INVERSIONES REALES
109.000,00
7
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
0,00
8
ACTIVOS FINANCIEROS
0,00
9
PASIVOS FINANCIEROS
0,00

Total Presupuesto
603.270,00

Estado de Ingresos

Capítulo
Descripción
Importe Consolidado
1
IMPUESTOS DIRECTOS
176.000,00
2
IMPUESTOS INDIRECTOS
16.000,00
3
TASAS, PRECIOS PÚBLICOS Y OTROS INGRESOS
149.570,00
4
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
207.200,00
5
INGRESOS PATRIMONIALES
3.500,00
6
ENAJENACIÓN DE INVERSIONES REALES
0,00
7
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
51.000,00
8
ACTIVOS FINANCIEROS
0,00
9
PASIVOS FINANCIEROS
0,00

Total Presupuesto
603.270,00
Plantilla de Personal de Ayuntamiento de Caminreal
Personal Funcionario interino
- Secretario-Interventor. Grupo A.
Personal Laboral fijo:
- Un alguacil operario de servicios múltiples
- Un operario de Servicios Múltiples
- Un Auxiliar Administrativo.
- Convenio con el Servicio Publico de Empleo Estatal: dos peones.

Contra la aprobación definitiva del Presupuesto podrá interponerse directamente recurso Contencioso–administrativo en la forma y plazos que establecen la normativa vigente, según lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Caminreal, a fecha de firma electrónica.
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