BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2024-1897

Matrimonio civil. Expediente 01/2024

Publicado el  5/30/24, BOP número  103

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Galve

Departamento:
Ayto. de Galve

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Habiéndose aprobado definitivamente el expediente Delegación de Competencias del alcalde en Miguel Ángel Gascón Villarroya, concejal de este Ayuntamiento, para la celebración del matrimonio civil en expediente 01/2024 se publica para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 44 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.-
Contra la Resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante Alcaldía de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (incluida vía telemática en las Oficinas de Correos mediante ORVE al Código Digital de destino, L01441158) y computándose los plazos de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional decimoquinta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante Juzgado Contencioso Administrativo de Teruel en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
En Galve, a 22 de mayo de 2024. El alcalde, V. Francisco Sangüesa Gascón.-
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