BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2025-1714

Convocatoria de una plaza de limpieza.

Publicado el  5/28/25, BOP número  98

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Ojos Negros

Departamento:
Ayto. de Ojos Negros

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ANUNCIO DE CONVOCATORIA DE UNA PLAZA DE LIMPIEZA
Por Resolución del Pleno de fecha 11 de abril de 2025, se aprobaron las Bases de la Convocatoria y la contratación de la plaza denominada Auxiliar o Peón de Limpieza de Edificios y Locales Municipales, de régimen laboral fijo, la cual se convoca mediante concurso-oposición.

Las bases reguladoras de las pruebas selectivas, que se publican en el presente anuncio, se encuentran a disposición de los interesados en las dependencias municipales y en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del ayuntamiento: https://ojosnegros.sedelectronica.es/info.0 durante el plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso, harán constar que los aspirantes reúnen las condiciones exigidas en las bases de la convocatoria, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Ojos Negros y se presentarán en el Registro de entrada de este Ayuntamiento o por cualquiera de los procedimientos que regula el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 del PACAP, en el plazo de diez días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia/Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del ayuntamiento: https://ojosnegros.sedelectronica.es/info.0
Contra las mencionadas bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldia, previo al contencioso-administrativo (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015 del PACAP), o directamente el recurso C-A en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Teruel, a partir del día siguiente al de publicación del presente anuncio en el BOP de Teruel y en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

BASES DE LA CONVOCATORIA:
PRIMERO. Normas Generales
Es objeto de las presentes bases la contratación de la plaza de Auxiliar o Peón de Limpieza de Edificios y Locales Municipales, mediante concurso-oposición libre, en régimen laboral fijo.
La plaza referida está vinculada a la dirección y responsabilidad de la Secretaría municipal y la dependencia orgánica del puesto corresponde directamente al Alcalde de la Corporación (Jefe de Personal), quien podrá delegar sus atribuciones en cualquier Concejal de la misma, mediante Resolución expresa.
Las funciones que tiene encomendadas son las derivadas de la limpieza general en los locales que se enumeran a continuación:
- Locales de las Oficinas municipales (incluidos los balcones y puertas de
entrada).
- Consultorio Médico de Ojos Negros y del Barrio de Sierra Menera.
- Escuelas Públicas: Aulas y locales habilitados (incluido Gimnasio y Salas de 1ª
Planta).
- Zonas comunes del Centro de Convivencia (“CCON”), en meses alternos.
- Otros edificios o instalaciones municipales, en meses alternos con la limpieza
del Centro de Convivencia.
- Aula Infantil Municipal: limpieza general

Frecuencias de la limpieza:
Grupo Escolar - 3 días/semana
Centro de Convivencia - 2 días/semana (meses alternos)
Otros edificios o instalaciones 2 días/semana (meses alternos)
Consultorio Médico Ojos Negros -3 días/semana; S. Menera -1 día/semana
Oficinas Municipales (Ayuntamiento) – 2 días/semana
Aula Infantil – 1 día/semana
*El Ayuntamiento podrá organizar la realización de limpiezas de edificios o instalaciones municipales, incluidas en la relación de funciones con frecuencia de “meses alternos” (p.ej. Salón Casa Sindical, Torreón, Molino de Viento, Piscinas, …), de acuerdo con las necesidades y prioridades que se determinen en cada momento.

SEGUNDO. Modalidad del Contrato, Jornada de Trabajo y
Retribuciones
La modalidad del contrato será: contrato Laboral Fijo
La jornada de trabajo será en régimen de dedicación a tiempo parcial, con un porcentaje semanal del 66,4 % sobre la jornada completa (26 h./semanales, sobre 39 horas jornada en convenio de referencia), pudiendo adaptarse el horario de acuerdo con las necesidades del servicio.
Las retribuciones se fijarán de acuerdo con la categoría de la plaza y teniendo en cuenta la especialidad de las tareas que se encomiendan, de acuerdo con las tablas salariales del Convenio de Limpieza de Locales y Edificios de la provincia de Teruel, que se toma como referencia, como mínimo, para la Categoría de Limpiadora o Peón. Se fija una retribución bruta/anual de 11.006,52 € [incluye el prorrateo de las pagas extraordinarias].
Los desplazamientos al lugar de trabajo dentro del término municipal, que se realicen en ejercicio de las funciones del puesto, se retribuirán mediante indemnización de los gastos calculados por kilometraje, en función del importe vigente en cada momento en las Bases de Ejecución del Presupuesto, para el personal al servicio del ayuntamiento, en el desempeño del puesto de trabajo

TERCERO. Condiciones de Admisión de Aspirantes
Para tomar parte en las pruebas de selección, será necesario:
a) Tener capacidad para ser contratado, conforme al Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo.
b) Tener la nacionalidad española o, si es extranjero, tener la residencia legal en España .
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
d) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
e) Estar en posesión Certificado de Escolaridad o equivalente. La titulación se acreditará mediante la expedición de los títulos correspondientes por la autoridad académica competente. En el caso de equivalencia de títulos corresponderá a la persona interesada la acreditación de la homologación correspondiente, incluidas las titulaciones obtenidas en el extranjero.
f) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
g) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas y de los Órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos, o haber sido despedido como personal laboral en los términos establecidos en el art. 56.1d) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de Octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
h) Tener permiso de conducir válido, en vigor, y vehículo propio, o garantizar la disponibilidad de medios propios para el desplazamiento a edificios o instalaciones municipales del término municipal, de acuerdo con las necesidades del servicio.

CUARTO. Forma y Plazo de Presentación de Instancias
Las solicitudes requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para la plaza a la que se opte, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Ojos Negros, y se presentarán en el Registro de entrada de este Ayuntamiento o por cualquiera de los procedimientos que regula el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 del PACAP, en el plazo de diez días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia/Tablón de Anuncios de la Sede electrónica del ayuntamiento: https://ojosnegros.sedelectronica.es/info.0.
Asimismo, las bases de la convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel y en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento.
La solicitud deberá ir acompañada por:
— Fotocopia del DNI o, en su caso, pasaporte.
— Documentos acreditativos de la titulación exigida en la convocatoria, así como de los méritos y circunstancias alegados que deban ser valorados en fase de concurso.
— Anexo II de Declaración de Medios Propios para Desplazamientos.

QUINTO. Admisión de Aspirantes
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo máximo de tres días, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el tablón de edictos del Ayuntamiento, se concederá un plazo de diez días hábiles para la subsanación. Transcurrido el plazo de subsanación por la Alcaldía, se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el tablón de edictos del Ayuntamiento. En la misma publicación se hará constar el día, hora y lugar en que habrán de realizarse las pruebas, o bien, el día, hora y lugar en que habrá de realizarse el primer ejercicio de selección. El llamamiento para posteriores ejercicios se hará mediante la publicación en el tablón de edictos de la Corporación y en los locales donde se haya celebrado la prueba anterior, con doce horas, al menos, de antelación.

SEXTO. Tribunal Calificador
Los órganos de selección se constituirán en cada convocatoria y deberán estar formados por un número impar de miembros, uno de los cuales, al menos, será designado a propuesta de la representación de los trabajadores, en su caso.
El Tribunal calificador estará constituido por:
- Presidente.
- Secretario (con voz, pero sin voto).
- Vocales que determine la convocatoria.
Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.
El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El Tribunal tendrá la categoría tercera, de conformidad con el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria, los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y la publicación de los resultados. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltas por el Tribunal, por mayoría.

SÉPTIMO. Sistemas de Selección y Desarrollo de los Procesos
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN:
El procedimiento de selección de los aspirantes será el de Concurso-Oposición, y constará de las siguientes fases:
— Oposición.
— Concurso.
La fase de oposición será previa a la del concurso. Consistirá en la realización de una prueba de aptitud obligatoria para los aspirantes, que será complementaria con la fase de Concurso.
Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.
Los candidatos deberán acudir provistos del DNI o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir.
Finalizada la fase de oposición, el Tribunal procederá a valorar los méritos y servicios de los aspirantes que hayan comparecido en la fase de oposición.

FASE DE OPOSICIÓN:
PRUEBA TEORICO-PRÁCTICA:
A.- Consistirá en la realización de un ejercicio tipo Test, con un máximo de 20 preguntas, de las cuales 5 podrán ser relativas a derechos y deberes fundamentales (Título I de la Constitución Española) y organización de la Administración Local (Título VIII, Cap. 2º de la Constitución y Ley 7/1999, de Administración Local de Aragón). El resto, se referirán a cuestiones o conocimientos básicos y supuestos prácticos, con 3 respuestas alternativas, siendo solo una de ellas correcta, sobre organización, herramientas, materiales o productos y métodos de limpieza de oficinas y locales.
Se realizará por escrito, tendrá una duración de 30 minutos y se calificará de 0 a 5 puntos.
B.- Memoria o propuesta de planificación del servicio, en la que se tendrá en cuenta la adecuada distribución del horario semanal y su adaptación a los usos públicos de los edificios en los que se presta el servicio de limpieza, sin interferencias en el normal desarrollo del servicio público.
Esta prueba se realizará por escrito, con extensión máxima de 2 folios, a una cara, y el Tribunal Calificador podrá solicitar aclaraciones a los candidatos. Los candidatos podrán preparar el escrito con antelación y aportarlo en el momento de la realización de la Oposición. Se calificará de 0 a 2 puntos.

FASE DE CONCURSO:
A- Experiencia: por la prestación de servicios asimilables a la función del presente contrato, en entidades de la administración pública, debidamente acreditado con contratos de trabajo o certificación de responsable en las entidades públicas e informe de Vida laboral. 0,2 puntos/mes (máximo 2 puntos)
B- Por la prestación de servicios asimilables a la función del presente contrato, en entidades privadas, debidamente acreditado con contratos de trabajo e informe de Vida Laboral. 0,1 punto/mes (máximo 1 punto)
Los anteriores méritos deberán acreditarse previamente a la celebración de las pruebas del apartado anterior. En los supuestos de contratos de trabajo a tiempo parcial, que superen el cincuenta por cien de la jornada se computarán como jornada completa y los que sean iguales o inferiores al cincuenta por cien de la jornada se computarán como media jornada.
En caso de empate en la puntuación final, se el orden de los candidatos se establecerá, de la siguiente manera:
1º. El candidato que acredite mayor puntuación en la fase de concurso, apartado A (experiencia en entidades de la Administración Pública)
2º. En caso de mantener el empate, este se resolverá a favor del que acredite mayor puntuación en la fase de concurso, apartado B (experiencia en entidades privadas)
3º. Si continuara el empate, se resolverá a favor del candidato que haya obtenido mayor puntuación en la fase de Oposición. Y si aún continuara el empate, a favor del candidato que acredite mayor tiempo de experiencia en los apartados A y B de la Fase de Concurso.
En última instancia, si no hay desempate, este se resolverá por sorteo.

OCTAVO. Relación de Aprobados, Presentación de Documento y Formalización del Contrato
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de puntuación en el tablón de edictos del Ayuntamiento, precisándose que el número de aprobados con derecho a plaza no podrá rebasar el número de plazas vacantes convocadas. Dicha relación se elevará al Presidente de la Corporación para que proceda a la formalización del correspondiente contrato.
Los aspirantes propuestos aportarán ante la Administración, dentro del plazo de diez días naturales desde que se publican en el tablón de edictos del Ayuntamiento, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser contratados, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.

NOVENO. Incidencias
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo, la Jurisdicción competente para resolver las controversias en relación con los efectos y resolución del contrato laboral será la Jurisdicción Social.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Teruel, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Tablón de Anuncios de la Sede electrónica del ayuntamiento: https://ojosnegros.sedelectronica.es/info.0 (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

ANEXO I (MODELO DE INSTANCIA)
D. _____________________, con DNI n.º ________________, y domicilio a efectos de notificación en _____________________________________________, y Correo electrónico para comunicaciones ________________________________,
EXPONE
Que vista la convocatoria anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel, con fecha __________, en relación con la convocatoria de la siguiente plaza: Auxiliar o peón de limpieza de edificios y locales municipales, en régimen laboral fijo, conforme a las bases publicadas en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del ayuntamiento: https://ojosnegros.sedelectronica.es/info.0
PRIMERO. Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en las bases, referidas a la fecha de expiración del plazo de presentación de la instancia.
SEGUNDO. Que declara conocer las bases generales de la convocatoria relativas a las pruebas de selección de personal laboral de la plantilla municipal.
TERCERO. Que adjunta la documentación exigida para la admisión en la presente convocatoria y la relativa a la acreditación de los méritos y circunstancias alegados, para su valoración en la fase de concurso.
Por todo ello, SOLICITA Que se admita esta solicitud para las pruebas de selección de personal referenciada.
En Ojos Negros, a _____ de ____________ de 2025.
El solicitante,

Fdo.: ___________


ANEXO II (DECLARACION DE MEDIOS PROPIOS PARA DESPLAZAMIENTOS)
D. _____________________, con DNI n.º ________________, y domicilio a efectos de notificación en _____________________________________________, y Correo electrónico para comunicaciones ________________________________,
EXPONE
Que vista la convocatoria anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel, con fecha __________, en relación con la convocatoria de la siguiente plaza: Auxiliar o peón de limpieza de edificios y locales municipales, en régimen laboral fijo, de acuerdo con las Condiciones de Admisión de Aspirantes de la Base 3ª de la Convocatoria, publicadas en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del ayuntamiento: https://ojosnegros.sedelectronica.es/info.0
PRIMERO. Que SI / NO (tachar lo que no proceda) dispone de permiso de conducir válido, en vigor, y vehículo propio para desplazamientos relacionados con las obligaciones del puesto.
SEGUNDO. Que SI puede garantizar, en todo caso, la disponibilidad de otros medios propios, públicos o privados, para el desplazamiento a locales o instalaciones del ayuntamiento, dentro del término municipal, relacionadas con las obligaciones del puesto.
TERCERO. Que adjunta la documentación acreditativa correspondiente.
Por todo ello, SOLICITA Que se admita esta solicitud para las pruebas de selección de personal referenciada.
En Ojos Negros, a _____ de ____________ de 2025.
El solicitante,

Fdo.: ___________

ANEXO III (TEMARIO PARA LA FASE DE OPOSICIÓN)
1. Constitución Española (derechos y deberes fundamentales). Organización Municipal, con especial referencia al Ayuntamiento de Ojos Negros.
2. Territorio. Población. Organización del Gobierno y la Administración Municipal.
3. Conocimiento del callejero y parajes del Término Municipal. Conocimiento del Término Municipal, edificios e instalaciones municipales.
4. Operaciones de limpieza de instalaciones en dependencias y servicios municipales: Almacenes, Piscinas, Casa Consistorial, instalaciones deportivas, parques y jardines, Colegio Público, Consultorio Médico, Escuela Infantil, Cementerio, otros edificios municipales vinculados a un servicio público.
5. Conocimientos básicos de productos y métodos de limpieza.
6. Conocimiento de manejo y mantenimiento de los útiles municipales para la realización de los trabajos encomendados al personal de limpieza.
7. Condiciones de seguridad generales de las herramientas y utensilios propios de los trabajos de limpieza. Condiciones generales de seguridad en los lugares de trabajo.

Ojos negros, a fecha de firma electrónica.
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