BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2024-3156

Subvenciones escuelas deportivas municipales curso escolar 2024/2025.

Publicado el  9/24/24, BOP número  184

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Teruel

Departamento:
Ayto. de Teruel

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SUBVENCIONES ESCUELAS DEPORTIVAS MUNICIPALES CURSO ESCOLAR 2024/2025
La Junta de Gobierno Local, en sesión del día 16 de septiembre de 2024, adoptó el siguiente acuerdo:
Antecedentes de hecho.
I.- Por acuerdo del Ayuntamiento Pleno de 4 de marzo de 2024, se aprobó inicialmente la modificación de la ordenanza específica mediante la que se aprueban las bases que regirán las convocatorias públicas de concesión de subvenciones dirigidas al desarrollo de escuelas deportivas municipales.
II.- El referido acuerdo, junto con el anexo que contiene el texto de las bases, fueron publicados íntegramente en el Tablón de anuncios municipal, en la página web municipal y en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 53 de 14 de marzo de 2024, abriéndose el trámite de información pública por 30 días, sin que durante dicho plazo se hayan presentado alegaciones.
III.- De conformidad con lo dispuesto en el acuerdo del Ayuntamiento Pleno de 4 de marzo de 2024, al no haber alegaciones, se entienden definitivamente aprobadas las bases referidas. Fueron publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 100 de 27 de mayo de 2024, habiendo entrado en vigor la referida ordenanza específica en el día de la fecha.
IV. Mediante Decreto de Alcaldía N.º 2822/2024 de de 12 de Julio, se publicó la convocatoria que había de regir el otorgamiento de subvenciones para el desarrollo de escuelas deportivas municipales durante el curso escolar 2024/2025.
V.- En el seno del expediente instruido al efecto, (Nº 3254/2024), constan las solicitudes presentadas por parte de los interesados, informe del Técnico de Deportes, certificados de estar al corriente, asi como el resto de informes preceptivos según la ordenanza especifica.
VI.- Con fecha 5 de Septiembre de 2024 se ha incorporado Acta de la Comisión de Valoración de carácter técnico constituida al efecto de emitir una propuesta de resolución con la base de la documentación y de los informes obrantes en el expediente.
Fundamentos de derecho.
I. La ordenanza específica en su base novena atribuye a la Junta de Gobierno Local la competencia para la adopción del acuerdo de concesión de estas subvenciones.
Corresponderá a la Junta de Gobierno Local la adopción del acuerdo de concesión de subvenciones con arreglo a las presentes Bases, así como la adopción de cualquier otro acuerdo posible en relación a lo dispuesto en las mismas.
II.- En su base décima, la ordenanza específica expone:
El acuerdo de concesión señalará los Clubes beneficiarios y la modalidad de Escuela Deportiva que realizarán así como las principales condiciones del proyecto aprobado y la puntuación otorgada a cada uno de ellos.
En su caso, la resolución incluirá, de forma fundamentada, la desestimación y no concesión de ayuda por inadmisión de la petición, desistimiento, renuncia o imposibilidad material sobrevenida del resto de solicitudes.
(...)
La resolución será objeto de publicidad conforme a la normativa de subvenciones y de transparencia y, en particular, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, Tablón de Anuncios Municipal y en la página web (Portal de Transparencia) del Ayuntamiento.
III.- Según lo indicado en la base octava, dicha resolución se elevara por parte de una Comisión de Valoración de carácter técnico.
Las propuestas de resolución de otorgamiento de subvenciones serán formuladas por una Comisión de Valoración de carácter técnico, sobre la base de los informes correspondientes y que estará compuesta como se detalla a continuación:
• El Sr. Secretario General de la Corporación, o funcionario en quien delegue, que actuará como presidente.
• La Sra. Interventora General Acctal., o funcionario en quien delegue.
• Sr. Técnico del Servicio Municipal de Deportes, que actuará como secretario.
La Comisión no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mitad de sus miembros, y en todo caso, sin la asistencia de su Presidente y Secretario.
La Comisión adoptará sus decisiones por mayoría simple de los miembros asistentes. Con carácter previo a la formulación de la propuesta de adjudicación, se habrá emitido informe por el Sr. Técnico del Servicio Municipal de Deportes, señalándose en dicho informe la valoración de los criterios de adjudicación y desarrollo respecto de cada uno de los proyectos.
IV.- Por lo que respecta al órgano competente, hay que tener en cuenta que los artículos 21.1.f), de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y 30.1.h) de la Ley 7/1.999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, señalan que el Alcalde tiene como atribución el desarrollo y la gestión económica conforme al presupuesto aprobado, así como la autorización, disposición de gastos y el reconocimiento de obligaciones en los límites de su competencia. También el artículo 41, apartados 17 y 18, del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2.568/86, de 28 de noviembre, establece que el Alcalde tiene competencia para disponer gastos dentro de los límites de su competencia y los expresamente previstos en las bases de ejecución del Presupuesto y para desarrollar la gestión económica municipal conforme al Presupuesto aprobado.
V.- El órgano competente para la aprobación de la justificación y ordenación del pago es la Junta de Gobierno, teniendo en cuenta el Decreto de Alcaldía nº 2864/2023, de 20 de junio, por el que delega en la Junta de Gobierno Local la autorización, disposición de gastos y reconocimiento de obligaciones de conformidad con las bases de ejecución del Presupuesto.
Por todo lo expuesto, la Junta de Gobierno Local, en votación ordinaria, adoptó el siguiente acuerdo:
Primero.- Determinación de los Clubs y Entidades que desarrollarán el programa de las “Escuelas Deportivas Municipales”, de conformidad con la puntuación obtenida, según el siguiente resumen:
Solicitante
Escuela
Puntuación
Ratio
Zona Fútbol Sala
Fútbol Sala
35
1/12
Club Rugby Teruel Mudéjar
Rugby
41
1/12
GAMTE
Escalada
44
1/8
GAMTE
Carreras por montaña
41
1/12
GAMTE
Orientación
41
1/12
Club Deportivo Las Viñas
Voley-Playa
43
1/12
Atlético Teruel CF
Fútbol (Porteros)
41
1/12
Asoc. Amigos de los Trinquetes
Pelota
24
1/12
Segundo.- Dar traslado a las entidades interesadas, al Sr Concejal Delegado de Deportes, a la Intervención municipal y al Servicio Municipal de Deportes.
Tercero.- Dar publicidad del presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia, Tablón de Anuncios Municipal y en la página web (Portal de Transparencia) del Ayuntamiento, así como en la Base Nacional de Subvenciones.
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