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BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA SELECCION DE UNA PLAZA DE AUXILIAR-INFORMADOR DE LA OFICINA COMARCAL DE TURISMO DE LA SIERRA DE ALBARRACIN

Publicado el  9/29/10, BOP número  186

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
COMARCA DE LA SIERRA DE ALBARRACÍN

Departamento:
COMARCA DE LA SIERRA DE ALBARRACÍN

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Por Acuerdo del Consejo Comarcal de fecha 28 de mayo de 2010, se aprobó la contratación de una plaza de Auxiliar-Informador Turístico para la Oficina Comarcal de Turismo de la Sierra de Albarracín, de régimen laboral fijo, la cual se convoca mediante urso-oposición, vacante en la plantilla de personal laboral e incluida en la oferta de empleo público de de la Comarca de la Sierra de Albarracín del ejercicio 2009.
Asimismo, se adjuntan las bases reguladoras de las pruebas selectivas:
BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA SELECCION DE UNA PLAZA DE AUXILIAR-INFORMADOR DE LA OFICINA COMARCAL DE TURISMO DE LA SIERRA DE ALBARRACIN.
PRIMERA.-Objeto.
Es objeto de la presente convocatoria, la selección mediante concurso-oposición de una plaza de Auxiliar-Informador de la Oficina Comarcal de Turismo de la Sierra de Albarracín, personal laboral fijo prevista en la plantilla de personal, con jornada de mañana y tarde, y las retribuciones previstas en el convenio colectivo vigente.
SEGUNDA.- Funciones.
a) Atender la Oficina Comarcal de Turismo de la Sierra de Albarracín, facilitando información de los itinerarios de interés y características de los municipios de la Comarca y alrededores.
b) Suministrar material de interés turístico.
c) Vigilar la correcta utilización de las instala-ciones.
d) Realizar un seguimiento estadístico de las visitas realizadas a la oficina, según los formularios e instrucciones que se suministren desde los órganos administrativos de la entidad.
e) Otras propias del puesto de trabajo a desempeñar.
TERCERA.-Requisitos que deben cumplir los aspirantes.
3.1.- Para ser admitidos en la presente convocatoria los aspirantes deberán de reunir los siguientes requisitos referidos al último día del plazo de presentación de instancias:
a) Tener la nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea, de un país asociado al Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o de un país con Convenio de reciprocidad con España en este ámbito.
b) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión del Título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalentes a los anteriores por disposición normativa, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial individual que acredite su homologación.
d) No hallarse incurso en ninguna de las causas de incapacidad previstas en la legislación vigente.
e) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
f) No haber sido despedido laboralmente mediante despido laboral procedente ni haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas por sentencia judicial firme.
Todos los requisitos a que se refiere la base tercera, deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de instancias y mantenerlos durante el proceso selectivo.
CUARTA.- Plazo de presentación de instancias.
Las instancias para poder tomar parte en las pruebas selectivas de la presente convocatoria en las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base tercera, se dirigirán al Sr. Presidente de la Comarca de la Sierra de Albarracín, acompañadas de fotocopia compulsada del D.N.I, de la titulación exigida y de los méritos acreditados, y se presentarán en la Secretaria de la Comarca sita en Calle Catedral, 5, Código Postal 44100 de Albarracín en el plazo de veinte días naturales a contar desde el siguiente a aquél en que aparezca publicada la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992. Los sucesivos anuncios de la presente convocatoria se publicarán en el tablón de anuncios de la Comarca.
QUINTA.-Admisión y exclusión de instancias.
Terminado el plazo de presentación de instancias la Presidencia de la Comarca dictará Resolución declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos, composición del Tribunal y lugar, fecha de la celebración del comienzo de las pruebas concediéndose un plazo de diez días de conformidad con el artículo 71 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución para la subsanación de posibles deficiencias por los aspirantes excluidos, publicándose en el tablón de anuncios de la Comarca, en el “Boletín Oficial” de la provincia de Teruel y el portal web, comarcadelasierradealbarracin.es, siendo esta publicación determinante para el comienzo de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos contra las presentes bases
En el caso de que no existan reclamaciones
contra la lista de admitidos publicada dentro del mencionado plazo, se entenderá elevada a definitiva sin necesidad de nueva publicación.

SEXTA.-Tribunal calificador.
El tribunal calificador estará constituido por un presidente y cuatro vocales uno de los cuales actuará como secretario.
No podrá formar parte del tribunal el personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado público. Se nombrará asimismo un suplente para cada miembro del tribunal. Los miembros del tribunal deberán tener, al menos, la categoría profesional que corresponda en función del grupo en el que se integra la plaza.
El tribunal calificador no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de la mayoría de sus miembros titulares o suplentes. En todo caso, deberá estar el Presidente y el Secretario.
En caso de empate en las votaciones, decidirá el voto de calidad del Presidente.
La abstención y recusación de los miembros del tribunal será de conformidad con el artículo 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El tribunal queda facultado para adoptar todas aquellas determinaciones que estime pertinentes para el correcto desarrollo de las pruebas, pudiendo, asimismo, disponer la incorporación de asesores especialistas. Estos asesores colaborarán con el órgano de selección y tendrán voz pero no voto.
Contra los actos y decisiones del tribunal que imposibiliten la continuación del procedimiento para el interesado o produzcan indefensión, se podrá interponer recurso de alzada ante la Presidencia, de conformidad con lo establecido en el art. 114.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y ello sin perjuicio de la interposición de cualesquiera otros recursos que se estime oportunos.
El tribunal que actúe en estas pruebas tendrá la categoría tercera, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.

SÉPTIMA.-Procedimiento de selección.
A) Fase de Concurso. Puntuación máxima de 25 puntos, de acuerdo con el siguiente baremo:
I. Experiencia: se valorará la experiencia laboral de acuerdo con el detalle que se contiene a continuación hasta un máximo de 10 puntos.
a). Por servicios prestados en la Administración Pública en plazas de igual contenido a la que se convoca 0,10 puntos por mes, hasta un máximo de 8 puntos.
b). Por servicios prestados en la empresa privada en plazas de contenido similar al de la que se convoca, 0,05 puntos por mes, hasta un máximo de 2 puntos.
Los méritos profesionales prestados en las Administraciones Públicas se acreditarán mediante la presentación de certificado expedido por el órgano competente en puestos de trabajo semejantes características, y certificado de vida laboral expedido por la Seguridad Social. Los prestados en empresas privadas quedarán acreditados mediante los contratos de trabajo y el certificado de vida laboral expedido por la Seguridad Social. En ningún caso se valorarán los méritos profesionales que no vayan acompañados de ambas documentaciones. El certificado de vida laboral expedido por la Seguridad Social podrá presentarse con la omisión de aquellos datos que no sean tenidos en cuenta en la valoración del presente concurso.
II. Formación: se valorará de acuerdo con el detalle que se contiene a continuación hasta un máximo de 15 puntos.
a). Por estar en posesión de la titulación de Técnico en Empresas y Actividades Turísticas o Diplomatura en Turismo, 2,5 puntos.
b) Titulación de Técnico Superior en Información y Comercialización turística, 1,5 puntos.
c) Se valorarán los certificados oficiales de conocimiento de una lengua extranjera que acrediten un nivel de conocimiento equivalente al nivel B2 (Nivel avanzado) otorgado a los títulos de las Escuelas Oficiales de Idiomas según la clasificación del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER), hasta un total de 2 puntos por idioma (Hasta un total de 4 puntos).
d). Por la realización de cursos de formación del ámbito del turismo relacionados con el puesto de trabajo a desempeñar, hasta un máximo de 6 puntos. Por la realización de cursos de formación del ámbito informático relacionados con el puesto de trabajo a desempeñar, hasta un máximo de 1 punto. A valorar conforme al siguiente baremo:
• De 20 a 60 horas. 0,25 puntos
• De 61 a 100 horas. 0,50 puntos
• De más de 100 horas. 1 punto.
En todo caso, habrá de tenerse en cuenta que, estrictamente, sólo se valorarán los cursos, relacionados directamente con los contenidos y conocimientos exigidos y necesarios para el desempeño de la plaza, siendo excluidos, a juicio del Tribunal, los que o cumplan este requisito.
B) Fase de Oposición. Consistirá en la realización de tres ejercicios. La puntuación a otorgar será como máximo de 75 puntos.
Primer ejercicio.- Consistirá en contestar un cuestionario de preguntas basado en el contenido del programa de estas pruebas, anexo I, materias comunes durante un período máximo de una hora. En el ejercicio se propondrán un total de sesenta preguntas, con cuatro respuestas, de las que sólo una de ellas será correcta. Los aspirantes marcarán las contestaciones en las correspondientes hojas de examen. Esta prueba tendrá una valoración máxima de 15 puntos, siendo necesario alcanzar un mínimo de 7,50 puntos para superar el ejercicio.
Segundo ejercicio.- Consistirá en desarrollar por escrito durante un período máximo de una hora y media dos temas relacionados con las materias que figuran en el anexo II del programa, que pongan de manifiesto las aptitudes y capacidad profesional de los aspirantes. Los aspirantes leerán el segundo ejercicio y el tribunal podrá solicitar aclaraciones sobre los temas expuestos durante un tiempo aproximado de quince minutos. Esta prueba tendrá una valoración máxima de 30 puntos, siendo necesario alcanzar un mínimo de 15 puntos para superarlo. Se valorará fundamentalmente la capacidad de raciocinio, la sistemática en el planteamiento y formulación de conclusiones y el conocimiento y adecuada interpretación de los temas expuestos.
Tercer ejercicio.- Consistirá en efectuar, por escrito y/o de forma oral, traducciones directas e inversas, sin diccionario, propuestas por el tribunal, en un idioma extranjero a elegir entre inglés y/o francés por el aspirante. El tribunal podrá solicitar aclaraciones sobre las traducciones expuestas durante un tiempo aproximado de quince minutos en el idioma extranjero elegido por el aspirante. El tiempo máximo para su realización será de 1 hora. Esta prueba tendrá una valoración máxima de 30 puntos, siendo necesario alcanzar un mínimo de 15 puntos para superar el ejercicio.
OCTAVA.- Calificación Final.
La calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada una de las dos fases, el concurso y la oposición. El tribunal declarará aprobado al aspirante que obtenga mayor puntuación, si la persona seleccionada no aceptase la plaza, sin más trámite, será ofertada a quien le siga en puntuación y si tampoco la aceptase, se adoptará el mismo procedimiento con los siguientes hasta que la plaza quede cubierta.
NOVENA.- Celebración de las Pruebas.
La realización de las pruebas selectivas tendrá lugar en los días y horas que oportunamente se anunciarán en el Tablón de edictos de la Comarca y en el portal web, www.comarcadelasierradealbarracin.es. Previamente al inicio de las pruebas selectivas, se expondrá en el tablón de anuncios la lista de admitidos y excluidos de las mismas.
DÉCIMA.- Nombramiento, presentación de documentos y contratación.
1) La puntuación alcanzada por cada aspirante será publicada en el tablón de anuncios de la Comarca de la Sierra de Albarracín. Por el Tribunal seleccionador se elevará la propuesta de nombramiento a favor de la persona que haya obtenido mejor puntuación.
La persona propuesta, para su nombramiento presentará en la secretaría de la Comarca, dentro del plazo de veinte días naturales desde que se haga pública la relación de aprobados los documentos siguientes:
- Declaración expresa y responsable por el/la propio interesado/a de no hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad.
- Declaración expresa y responsable por el propio interesado de no haber sido separado mediante expediente disciplinario o despedido mediante despido laboral procedente, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni estar inhabilitado o suspendido para el ejercicio de funciones pú-blicas.
- Certificado médico que acredite no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que le impida, o sea incompatible con el normal ejercicio de las funciones.
- Originales de la documentación presentada, para su cotejo del D.N.I, titulaciones, documentación acreditativa de méritos y experiencia laboral.
2) Bolsa de Trabajo. Finalizado el proceso selectivo, el Presidente de la Corporación, de acuerdo con la propuesta del Tribunal, hará pública en el tablón de anuncios del Comarca de la Sierra de Albarracín, una resolución definitiva conteniendo la relación de aspirantes que no habiendo obtenido plaza, hayan superado los dos primeros ejercicios de oposición.
Con esta Resolución se constituirá una lista de seleccionados por orden decreciente de puntuación, y por orden de aquellos que mayor puntuación hubiesen obtenido. Los integrantes de esta lista podrán ser llamados, conforme al orden establecido en la lista, para contrataciones de carácter temporal en caso de ampliación, vacante o sustitución de los puestos de trabajo de iguales características en el ámbito de la Comarca.
La renuncia al trabajo ofrecido supondrá la exclusión de la bolsa de trabajo salvo que concurriera alguna de las siguientes circunstancias:
– Enfermedad del interesado, debidamente acreditada por medio de parte oficial de baja o certificado médico oficial.
– Parto o maternidad durante el período de descanso o permiso establecido.
– Estar prestando servicios para cualquier administración con carácter de personal interino o tem-poral.
En caso de concurrir estas circunstancias, se proseguirá con el llamamiento conforme al orden establecido en la lista que resultó, y el llamado deberá acreditar en un plazo no superior a diez días hábiles desde que era citado, para acreditar los extremos antes indicados, que justificarían su no comparecencia y evitarían tener al mismo por excluido.
Caso de no cumplir con el requerimiento en el tiempo o forma establecido, se le tendrá por excluido de dicho listado y bolsa, debiendo así serle comunicado. El plazo de vigencia de la bolsa de trabajo creada a resultas de este proceso será de dos años, ampliable justificadamente por otros dos años, a contar desde la publicación del listado, siempre que no se haya efectuado nueva convocatoria y el aspirante siga reuniendo las condiciones exigidas en la misma.
La bolsa que resulte de este proceso, dejará sin efecto la que pudiera existir hasta ese momento.
UNDECIMA.- Legislación aplicable.
Esta convocatoria se rige por las presentes Bases, la Ley 7/1985 de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen local, y Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración local de Aragón, Decreto 364/1995, de 10 de Marzo, por el que se aprueban las Reglas Básicas y Programas Mínimos del Procedimiento de Selección de Funcionarios de Administración Local.
ANEXO I
MATERIAS COMUNES
Tema 1.- La Constitución española de 1978: Significado y estructura. Derechos fundamentales y libertades públicas: enumeración, garantías y suspensión. Otros derechos y deberes de los ciudadanos. El Defensor del Pueblo. El Poder Judicial. El Tribunal Constitucional. La Corona. Las Cortes Generales: composición, atribuciones y funcionamiento. El Poder Judicial.
Tema 2. - El Estatuto de Autonomía de Aragón. Organización Institucional de la Comunidad Autónoma Aragón. El Presidente y el Gobierno de Aragón. Las Cortes. El Justicia de Aragón.
Tema 3.- Derecho Administrativo. Concepto. Fuentes del Derecho Administrativo. Principios de actuación de la Administración Pública. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. El procedimiento administrativo: su significado, fases del procedimiento administrativo general. Términos y plazos. El silencio administrativo. El procedimiento en la Administración Electrónica.
Tema 4.- La ley de Administración Local de Aragón Ley 7/99, de 9 de abril. Disposiciones generales. Organización básica del municipio. Competencias de los municipios. Las comarcas.
Tema 5.- La Administración Local: Principios básicos del régimen local español. La Provincia. La Comarca como entidad local. El municipio. Otras entidades locales.
Tema 6.- La Comarca: Legislación comarcal aragonesa. La organización comarcal. Competencias. Funcionamiento de los Órganos Colegiados.
Tema 7.- El personal al servicio de las Administraciones Públicas: clases, derechos y deberes, régimen disciplinario.
Tema 8.- Los servicios públicos locales. Formas de gestión. Atención al público. Atención personalizada e información al ciudadano. Acogida e información al administrado. Los servicios de información administrativa.
ANEXO II
MATERIAS ESPECÍFICAS
Tema 1.- La Oferta turística en Aragón: Productos turísticos generales y especializados con especial referencia a la provincia de Teruel y de la Comarca de la Sierra de Albarracín.
Tema 2.- Geografía de la Comunidad de Aragón: Población, territorio, clima y orografía. Especial referencia a la Comarca de la Sierra de Albarracín.
Tema 3.- Espacios naturales protegidos de Aragón. El Paisaje Protegido de los Pinares de Rodeno.
Tema 4.- Parques Culturales de Aragón. El Parque Cultural de Albarracín.
Tema 5.- Diversos tipos de alojamiento turístico: Modalidades, características, funcionamiento. Principales características de la infraestructura receptiva en la Comarca de la Sierra de Albarracín. Alojamientos turísticos: Hoteles, Apartamentos, Campings, Albergues y Viviendas de Turismo Rural.
Tema 6.- Historia de Aragón: Aspectos fundamentales. Especial referencia a la historia de la Comarca de la Sierra de Albarracín.
Tema 7.- Manifestaciones artísticas más importantes en Aragón. Especial referencia a la Comarca de la Sierra de Albarracín.
Tema 8.- Arte Mudéjar: Características y principales monumentos en Aragón.
Tema 9.- El patrimonio inmaterial de Aragón: Las fiestas, la música, la danza y otras expresiones culturales. Manifestaciones culturales más importantes de la Comarca de la Sierra de Albarracín.
Tema 10.- Mercados turísticos actuales y potenciales de la Comarca de la Sierra de Albarracín.
Tema 11.- Principales recursos turísticos de la Comarca de la Sierra de Albarracín
Tema 12.- Descripción de los museos, centros de interpretación y exposiciones permanentes o temporales de la Comarca de la Sierra de Albarracín.
Tema 13.- Problemática del turismo en la Comarca de la Sierra de Albarracín y su entorno.
Tema 14.- Oficinas de información turística. Evolución, competencias y servicios.
ANEXO III
MODELO DE INSTANCIA

Apellidos y nombre:... D.N.I. núm.:.. Domicilio en: Calle.....número:.... piso:... Municipio:... Provincia:...
1. EXPONE: Que habiendo sido convocada la selección de una plaza de Auxiliar-Informador de la Oficina Comarcal de Turismo de la Sierra de Albarracín, en régimen de derecho laboral, por el procedimiento de concurso-oposición, según anuncio publicado en fecha: ............ B.O. de la provincia de Teruel. .............
2.- MANIFIESTA: - Que reúne todas y cada una de las condiciones que se exigen en la convocatoria, aceptándola. - Que adjunta a la presente instancia: -Fotocopia del D.N.I. - Documentos justificativos de los méritos, en original o fotocopia cotejada, y relación numerada de aquéllos.
3.- SOLICITA: Tenga por presentada la presente instancia dentro del plazo conferido al efecto y, en consecuencia, sea admitido para tomar parte en las pruebas convocadas para la plaza arriba citada.
En....a.... de... de 2010.
(Firma del solicitante)
“De acuerdo con la LO 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos Personales, informamos a todos los interesados en participar en esta convocatoria que los datos personales facilitados a través de la instancia y documentación aportada a los efectos, serán almacenados en el fichero de Recursos Humanos titularidad de la Comarca de la Sierra de Albarracín con la única finalidad de valorar su candidatura.
Por otro lado, les informamos de la posibilidad de que sus datos sean publicados en la web comarcal junto con su valoración, a los efectos de dar publicidad al proceso de contratación.
Por último, les informamos de la posibilidad que Uds. tienen de ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación, en relación a sus datos personales, en los términos establecidos por la Agencia Española de Protección de Datos Personales, y dirigiéndose a la Comarca de la Sierra de Albarracín, C/ Catedral nº 5, 44.100 Albarracín (Teruel).”
SR. PRESIDENTE DE LA COMARCA DE LA SIERRA DE ALBARRACÍN___________________» [texto íntegro de las bases].”
De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra las presentes bases, que son definitivas en vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó el acto o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de Teruel, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de las mismas en el Boletín Oficial de la Provincia. Si optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
Albarracín, 15 de septiembre de 2010.- Presidente, Benito Lacasa Frías.
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