BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2024-2854

Acuerdo de Pleno por el que se convoca el plan de subvenciones en materia de cultura – Asociaciones Joteras.

Publicado el  8/23/24, BOP número  162

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Comarca de Gúdar-Javalambre

Departamento:
Comarca de Gúdar-Javalambre

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Extracto del acuerdo del Pleno de 24 de junio de 2024 de la Comarca de Gúdar-Javalambre, por el que se convoca el plan de subvenciones en materia de cultura – Asociaciones Joteras
BDNS: (Identif.):780598
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/780598)
El objeto de estas subvenciones es facilitar el acceso de los habitantes de la Comarca a las Asociaciones de Joteros y Joteras como centros que promueven el conocimiento y difusión de la cultura musical y el folklore a través de la Jota, así como colaborar e incentivar el mantenimiento y desarrollo de actividades de Asociaciones Joteras ubicadas en el territorio comarcal.
Segundo – Beneficiarios, requisitos de los solicitantes y ámbito de aplicación:
Podrán ser beneficiados de esta convocatoria de subvención quienes desarrollen acciones formativas y actividades consideradas como propias de las asociaciones joteras, debiendo ser entidades o asociaciones sin ánimo de lucro, legalmente constituidas antes del 1 de enero de 2024, que tengan domicilio social y fiscal en la Comarca de Gúdar Javalambre, y cumplir los requisitos que constan en la convocatoria de subvenciones aprobadas por Acuerdo de Pleno de 24 de junio de 2024
Tercero – Lugar y plazo de presentación de las solicitudes:
Las solicitudes de subvención se presentarán a través de la sede electrónica de la Comarca (https://gudarjavalambre.sedelectronica.es/info.0) utilizando la opción de Catálogo de Trámites/Subvenciones). El plazo para la presentación será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación del presente extracto de bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel.
Cuarto - Solicitud y documentación complementaria:
Las peticiones se formalizarán mediante el modelo de solicitud normalizado elaborado por la Comarca e identificado como ANEXO I, II y III de estas Bases, que estarán debidamente cumplimentados y suscritos por quien ostente la representación legal de la entidad. Junto a los anexos también se presentará la documentación complementaria que sea de aplicación según se indica en el punto octavo de las bases. Las instancias irán dirigidas al Sr/a. Presidente/a de la Comarca de Gúdar-Javalambre, y se presentarán a través de la sede electrónica de la Comarca: http://gudarjavalambre.sedelectronica.es/info., siendo igualmente válida su presentación telemática a través de las sedes electrónicas del resto de Administraciones Públicas o entidades dependientes del Sector Público, o del Portal de Registro Electrónico Común de la Administración General del estado.
La Información sobre esta convocatoria podrá obtenerse en las Oficinas de la Comarca de Gúdar-Javalambre, en la página Web de la Comarca (www.gudarjavalambre.es) y en el Portal de la Transparencia de la Comarca de Gúdar-Javalambre.
Quinto – Forma y plazo de justificación:
La documentación acreditativa de la Justificación de la subvención deberá de ser presentada en la Sede Comarcal hasta el 17 de enero de 2025 inclusive, según lo dispuesto en el punto decimosexto de las bases reguladoras de la convocatoria.
Mora de Rubielos, 24 de junio de 2024.- El Pleno de la Corporación Comarcal.
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