BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2024-2641

Aprobación del expediente de modificación de créditos n. º 3/2024 del Presupuesto en vigor

Publicado el  8/2/24, BOP número  148

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Escucha

Departamento:
Ayto. de Escucha

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SUMARIO
Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento del Ayuntamiento de Escucha por el que se aprueba el expediente de modificación de créditos n. º 3/2024 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de transferencia de crédito entre aplicaciones de distintas áreas de gasto, que no afectan a altas y bajas de crédito de personal.
TEXTO
Aprobado definitivamente el expediente de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Transferencias negativas
Aplicación Presupuestaria
Descripción
Crédito Inicial
Crédito
Disponible
Transferencia
de Crédito
Crédito
Final
Prog.
Eco.





3380
62200
Plaza de Toros
135.000,00
euros
11.937,85
euros
-5.000,00
euros
6.937,85
euros


TOTAL


-5.000,00
euros

Transferencias positivas
Aplicación Presupuestaria
Descripción
Crédito Inicial
Crédito
Disponible
Transferencia
de Crédito
Crédito
Final
Prog.
Eco.





4321
35200
Intereses.
FITE 2020
0,00
euros
0,00
euros
+3.521,00
euros
+3.521,00
euros
9340
35900
Gastos Bancarios.
Comisiones
1.300,00
euros
987,55
euros
+1.479,00
euros
2.466,55
euros


TOTAL


+5.000,00
euros

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, las personas interesadas podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Escucha, a 19 de julio de 2024, El Alcalde-Presidente, Fdo: Héctor García Redondo
Documento firmado electrónicamente
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