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Anuncio # 2026-0449

Aprobación del Padrón de la Tasa por Servicio de Suministro de Agua Potable correspondiente al segundo semestre de 2025.  

Publicado el  2/17/26, BOP número  31

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Orihuela del Tremedal

Departamento:
Ayto. de Orihuela del Tremedal

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Tasa por Servicio de Suministro de Agua Potable.

Notificación colectiva y anuncio de exposición pública y periodo voluntario de cobranza correspondiente al segundo semestre de 2025.

Por Decreto de la Alcaldía nº 2026-0016 de fecha 10 de febrero de 2026 se ha aprobado y dispuesto el sometimiento a exposición pública del Padrón de la Tasa por Servicio de Suministro de Agua Potable correspondiente al segundo semestre de 2025. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 88 del Reglamento General de Recaudación, se hace pública la apertura del periodo voluntario de cobranza.

Exposición pública:

El Padrón correspondiente a la Tasa por Servicio de Suministro de Agua Potable se encuentra expuesto al público por término de quince días hábiles a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

Plazo de Ingreso:

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, el plazo para el pago en voluntaria será de dos meses contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de cobranza en el Boletín Oficial de la Provincia.

Lugar y forma de pago:

El pago podrá efectuarse a través de cualquier entidad colaboradora autorizada o en las oficinas del Ayuntamiento en horario de atención al público; los contribuyentes que dentro de los primeros veinte días del periodo de cobranza no hayan recibido la documentación de pago podrán reclamarla en el Ayuntamiento, sin que su falta de recepción exima de la obligación de realizar el pago. Los recibos domiciliados serán cargados directamente en las cuentas señaladas por los contribuyentes.

Procedimiento de apremio:

Transcurrido el periodo voluntario de cobranza sin que se haya hecho efectivo el pago, se incurrirá en los recargos establecidos en el artículo 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y vencido el plazo de ingreso en vía de apremio se exigirá un recargo del 20% del importe de la deuda no ingresada más los intereses de demora.

Régimen de recursos:

Tasa por suministro de agua (la liquidación no agota la vía administrativa):

- Recurso de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de finalización de la exposición pública del padrón. Contra su desestimación expresa o presunta, cabe recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la notificación de la resolución del recurso de reposición si fuese expresa, si no lo fuese, en el plazo de seis meses desde el día siguiente a aquél en que se produzca el acto presunto.

Orihuela del Tremedal a 10 de febrero de 2026.El Alcalde D. Rafael Samper Miguel. Documento firmado electrónicamente.

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