BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2024-1548

Estudio de viabilidad económico-financiera de la concesión de servicios de explotación bar de las piscinas municipales de verano.

Publicado el  5/13/24, BOP número  90

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Alcorisa

Departamento:
Ayto. de Alcorisa

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Expediente Nº: 746/2024
4.-ESTUDIO DE VIABILIDAD
Procedimiento: ACTUACIONES PREPARATORIAS CONTRATO SERVICIOS BAR PISCINAS MUNICIPALES
Fecha de iniciación: 18/4/2024.
4.- ESTUDIO DE VIABILIDAD ECONÓMICO-FINANCIERA DE LA CONCESIÓN DE SERVICIOS DE EXPLOTACIÓN BAR DE LAS PISCINAS MUNICIPALES DE VERANO
1. Objeto y justificación del estudio.
Como actuación previa a la contratación de una concesión del servicio de Bar-Cafetería, destinado a los usuarios, así como al público en general en las piscinas municipales situadas en C/ Marques de Lema s/n, se redacta el presente estudio de viabilidad económico-financiera.
En este documento se desarrollan los aspectos más importantes que configuran la concesión del servicio, exponiendo las características, realizando una valoración y justificando la viabilidad económica del servicio que se va a prestar en esta Entidad Local.
El presente Estudio de Viabilidad Económico-Financiera se redacta de conformidad con la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP), norma que exige que en los contratos de concesión de servicios la tramitación del expediente vaya precedida de la realización y aprobación de un estudio de viabilidad de los mismos vinculante si concluye en la inviabilidad de un proyecto.
Tal y como recoge el artículo 285 en su punto segundo, en los contratos de concesión de servicios la tramitación del expediente irá precedida de la realización y aprobación de un estudio de viabilidad de los mismos o en su caso, de un estudio de viabilidad económico-financiera. No se estipula, no obstante, en qué casos se podrá optar por una opción u otra.
El contenido de dicho Estudio, por analogía, será el establecido en el artículo 247.2 de la LCSP correspondiente a las actuaciones preparatorias del contrato de concesión de obras.
Es por ello, que para determinar la idoneidad de una u otra figura de estudio atenderemos a lo establecido en el artículo 247.6 de la LCSP, que especifica que, siempre que sea de forma motivada «por la naturaleza de la obra, por su finalidad o por la cuantía de la inversión requerida», se podrá sustituir la elaboración de un estudio de viabilidad por uno de la viabilidad económico financiera del proyecto en cuestión.
En consecuencia, la LCSP establece la posibilidad de acordar la sustitución del estudio de viabilidad por un estudio de viabilidad económico-financiera cuando se considere suficiente en atención a la naturaleza y finalidad de la obra o cuantía de la inversión requerida.
Teniendo en cuenta que en la concesión del servicio de bar no se prevé la realización de obras o inversiones de cuantía significativa, -más allá de aquellas obras de reforma puntuales que el concesionario de forma voluntaria desee realizar- se estima suficiente la realización de un análisis de Viabilidad Económico-Financiera.
2. Finalidad y justificación del servicio.
La finalidad del contrato propuesto es la gestión indirecta, mediante concesión de servicios, de un servicio de restauración de titularidad de esta Entidad, siendo este susceptible de explotación económica por particulares.
Con éste se pretende:
- Ofrecer alimentos y bebidas a los usuarios de la piscina municipal de verano en particular y al público en general.
- Aportar mayor calidad a la piscina municipal para una mayor satisfacción de los usuarios, lo que contribuirá a incrementar su número y la fidelización de los actuales.
- Desde un punto de vista social, constituir un espacio para el encuentro y el ocio de nuestros ciudadanos complementario al uso de la piscina municipal.
- Aumento de la rentabilidad de la piscina municipal en el caso en que compartan algunos gastos generales con el bar.
- Mayores ingresos para el Ayuntamiento a través del canon percibido del concesionario
La incidencia económica y social de su apertura, puede ser valorada como positivas, tanto para los beneficiarios directos de los servicios, como para el área de influencia, así como el sector turístico estacional y de fin de semana que demanda este servicio.
3. Justificación de las ventajas que aconsejan la utilización del contrato de concesión de servicios.
La elección de la fórmula organizativa idónea de entre las previstas en estos preceptos, ha de justificarse según la naturaleza de las actividades a desempeñar, la sostenibilidad económica y financiera, así como los intereses públicos locales implicados.
Las posibilidades se dividen en dos modos sustanciales: la gestión de forma directa o la gestión de forma indirecta, cuya diferenciación radica en el hecho de si la responsabilidad en la prestación de la actividad recae directamente en el propio Ayuntamiento o se traslada a un tercero que es designado por la entidad municipal.
Considerando que se trata de un servicio susceptible de contraprestación económica, dado el fin marcadamente económico de la gestión y explotación del mismo y la necesidad de contar con una autonomía patrimonial y funcional para su gestión, se optaría por la gestión indirecta mediante alguna de las fórmulas previstas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Conforme al artículo 15 de la LCSP, el contrato de concesión de servicios es aquel en virtud del cual uno o varios poderes adjudicadores encomiendan a título oneroso a una o varias personas, naturales o jurídicas, la gestión de un servicio cuya prestación sea de su titularidad o competencia, y cuya contrapartida venga constituida bien por el derecho a explotar los servicios objeto del contrato o bien por dicho derecho acompañado del de percibir un precio.
Este derecho de explotación de los servicios implica la transferencia al concesionario del riesgo operacional, abarcando el riesgo de demanda, el de suministro, o ambos. Se entiende por riesgo de demanda el que se debe a la demanda real de los servicios objeto del contrato y riesgo de suministro el relativo al suministro de los servicios objeto del contrato, en particular el riesgo de que la prestación de los servicios no se ajuste a la demanda.
La exposición del concesionario al riesgo de mercado constituye el factor clave para haber optado por el contrato de concesión de servicio frente al contrato de servicios, puesto que constituye un incentivo fundamental para que el contratista trate de poner todos los medios a su alcance con objeto de obtener la mayor afluencia posible y rentabilizar la explotación ofreciendo un servicio de calidad. La asunción del riesgo por el concesionario redundará en la buena gestión del establecimiento lo que incidirá en una mayor satisfacción de los usuarios de la piscina municipales de verano y del resto de clientes en general.
Por otro lado, a través del contrato de concesión de servicio el Ayuntamiento percibiría ingresos a través del canon que recibe del concesionario, sin que ello suponga en principio gasto alguno para la corporación, mientras que a través de un contrato de servicio el Ayuntamiento no percibiría canon y además tendría que abonar el precio de la administración del bar independientemente de la buena o mala gestión del mismo.
4. Inversiones a realizar
No se prevé que el concesionario realice inversión u obra en el bar para la realización de la actividad, salvo aquellas obras de mantenimiento, revisión, adaptación o mejora técnica que en cada momento vengan impuestas por normas de carácter técnico o general o aquellas de reforma o mejora que, sin que suponga la ampliación de la superficie ocupada originariamente, desee realizar el concesionario con carácter voluntario.
5. Previsiones sobre la demanda de uso.
El principal cliente del bar se estima que sean personas usuarios de las piscinas municipales en el que físicamente está ubicado. No obstante el bar está abierto al público en general y el acceso al mismo da a la vía pública, por lo que se prevén otros clientes no necesariamente relacionados con las actividades prestadas en las piscinas municipales.
La demanda no vinculada al uso de las piscinas de veranos, dependerá de factores tan heterogéneos como la población del municipio y su densidad de población, densidad de comercios, climatología, ofertas de servicios similares (competencia), accesibilidad, nivel de vida y poder adquisitivo, calidad/precio del servicio, calidad del trato suministrado, servicio ofrecido, publicidad, etc.
La demanda real así como el gasto medio por usuario es de difícil previsión. En todo caso cabe suponer que el concesionario pondrá todos los medios a su alcance con objeto de obtener la mayor demanda posible y rentabilizar su explotación.
En relación con la población del municipio, la tendencia los últimos años ha sido una disminución de ésta en términos generales unido con un envejecimiento de la misma, de acuerdo con los datos del Instituto de Estadística:
44014
2023
2022
2021
2020
2019
2018
2017
2016
2015
2014
2013
2012
Nº Hab
Alcorisa
3.234
3.252
3.293
3.298
3.266
3.276
3.313
3.326
3.374
3.433
3.501
3.556
En términos nacionales, las proyecciones de población a largo plazo ajustadas a la población del 1 de enero de 2024 según el INE, apuntan a que en las próximas décadas la población de 65 años y más seguirá aumentando hasta el 2050, principales usuarios junto con menores de edad de las piscinas municipales.
Los potenciales usuarios del bar de las piscinas abarcan un segmento muy amplio puesto que son todos los usuarios de las piscinas municipales y pistas deportivas consumidores de los servicios que presta el bar.
En cuanto a la competencia y el factor proximidad, se estiman que en Alcorisa existen en torno a unos 14 bares-restaurantes, lo que daría una proporción aproximada de 232 personas/establecimiento. El bar de las piscinas de verano está afincado en el paseo el Paseo Marqués de Lerma, dentro del recinto de las instalaciones deportivas recientemente reformadas, en un entorno amable con arboleda cercana, siendo el único establecimiento de este tipo en el paseo. Respecto a la demanda es de considerar que una vez finalizado el periodo de apertura diario de las piscinas municipales, las visitas de usuarios al bar se multiplican atraídas por las buenas temperaturas veraniegas y la posibilidad de cenar al aire libre.
Asimismo es destacable la ubicación de las piscinas y el bar en una zona de paseo y de recreo de la población.
El bar ha venido siendo explotado mediante contrato de concesión de servicios, a través de profesionales autónomos, o empresas con una demanda fija, aunque con aumento de la misma, en función de los mayores servicios ofrecidos por el concesionario (almuerzos, comidas, cenas, celebraciones, actos lúdicos etc).
Teniendo en cuenta las limitaciones expuestas, se plantea un escenario de demanda del servicio formada por una demanda fija constituida por:
- Usuarios de piscinas municipales y pistas deportivas y familiares/amigos
- Usuarios de la zona de recreo y paseo cercana
- Usuarios que hacen uso del bar como servicio independiente.
Y una demanda variable que dependerá en gran parte de la pericia en la gestión del concesionario y a otros factores ya apuntados.
En base a la experiencia del anterior concesionario, la demanda fija se podría estimar entorno a unas 120 personas diarias aproximadamente (cifra promedio teniendo en cuenta que el número de clientes es superior los fines de semana).
Esto sería así durante todos los meses de prestación del servicio, en los que la demanda se mantiene constante salvo por inclemencias del tiempo.
6. Estudio de impacto ambiental:
No se estima necesario la realización de Estudio de impacto ambiental, ya que no se prevé incidencia ambiental negativa sobre el entorno, el local dispone de las condiciones higiénico-sanitarias, y demás requisitos para el ejercicio de la actividad, sin perjuicio de que el adjudicatario haya de tramitar la oportuna licencia de apertura o declaración responsable según Ley.
7. Riegos operativos y tecnológicos y duración de la concesión:
La duración de la concesión queda establecida en el plazo de dos años prorrogables por otros dos cuando las dos partes estén de acuerdo.
Durante los años que dura la concesión y según establece la ley, la empresa concesionaria asumirá el riesgo de acuerdo con los escenarios planteados en su oferta económica.
8. Coste y financiación de la inversión
De acuerdo con lo estipulado en el punto 4 del presente Estudio, no se prevé que el concesionario tenga que llevar a cabo inversiones u obras, salvo posibles mejoras que ofrezcan los licitadores en el procedimiento de adjudicación, que será a su cargo.
9. Costes del concesionario.
Para el cálculo de los gastos del bar durante el plazo de 3 meses se ha realizado una previsión en base a la información aproximada por los servicios desarrollados anteriormente, así como las tarifas, costes y consumos aproximados en un negocio similar:
Gasto anual estimado (eur.)
Compras y aprovisionamientos: 9.000,00 €.
Material limpieza: 300,00 €.
Canon: 2.000 €.
Servicios profesionales independientes (gestoría): 900,00 €.
Suministros (electricidad, agua): 2.100,00 €.
Seguros: 375,00 €.
Personal: 7.665 €. (SMI de 2024 * 3 trabajadores * ¾ de jornada * 3 meses de duración de la concesión al año, durante los meses de junio, julio y agosto).
TOTAL 22.340,00 euros
Notas:
1. Estimación en base a la información suministrada por experiencias anteriores, el gasto anual de aprovisionamiento dependerá del volumen de ventas del negocio (a mayor venta, mayores aprovisionamientos). Se ha estimado un volumen de aprovisionamiento de entorno a los 3.000 euros mensuales.
2. Canon de la concesión anterior, reducida a 2.000 euros.
3. Primas de seguros engloba las diferentes primas contra incendio y de responsabilidad civil estimado para un negocio de estas características
4. La estimación se ha realizado en base a la experiencia de concesiones anteriores con una media de 3 personas contratadas por cuenta ajena en diferentes tipos de jornada de trabajo teniendo en cuenta el aumento del SMI en un 5% en este año 2024.
10. Previsión de cuenta de resultados y rentabilidad
En cuanto a la cuenta de resultados y su rentabilidad, se realiza una previsión en el primer año de la citada cuenta.
Bajo la premisa de una demanda media diaria de 120 personas, se estima que los costes se cubrirían a partir de un gasto de 2,77 euros por persona aproximadamente: 29.916,00 euros. Con estas estimaciones el beneficio/perdida se situaría en 0 %. En un escenario previsible de buenas condiciones climatológicas y condiciones adecuadas de la prestación del servicio, el gasto por usuario podría aumentarse hasta los 3,125 euros por persona, que supondría un beneficio (3,125*90 días* 120 pers=33.750 €) para el concesionario prestador del servicio de (33.750 € - 22.340 €) 11.410,00 euros por la duración completa de los 3 meses, a razón de 3.803,33 euros al mes.
Con una promoción adecuada, una explotación diligente, una atención personalizada, tanto a los usuarios de la piscina como al público en general, una oferta de servicios, incluidas comidas y cenas, almuerzos populares, y servicios de alimentación saludable y asequible para los usuarios, se prevé que la explotación cubra los costes (incluyendo la retribuciones del personal) e incluso deje un margen normal de beneficios.
11. Posibles ayudas.
No se prevén ayudas o subvenciones públicas.
12. Publicación
Una vez redactado el estudio de viabilidad, se someterá a información pública, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento por el plazo de un mes, prorrogable por idéntico plazo.
Éste es el parecer del informante, no obstante, la Corporación con superior criterio fundado en derecho acordará lo procedente.
En Alcorisa, a la fecha que se indica en la firma. Documento Firmado electrónicamente al margen
El Secretario Interventor, Fdo. Pablo Arrufat Guayar.
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