BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2025-2486

Aprobación definitiva Licencia urbanística obra mayor, instalación y desinstalación Torre Anenométrica en Valdeconejos.

Publicado el  8/18/25, BOP número  154

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Escucha

Departamento:
Ayto. de Escucha

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Resolución de Alcaldía n.º 2025-0362, de fecha 18/07/2025, del Ayuntamiento de Escucha (Teruel), por la que se aprueba definitivamente expediente de Licencia de obra mayor.

Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de Licencia de obra mayor se publica el mismo para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 149 del Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón aprobado por Decreto 347/2002, de 19 de noviembre del Gobierno de Aragón.

«Expediente n.º: 129/2025
Resolución de Alcaldía de número y fecha establecidos al margen.
Procedimiento: Licencia de Obra Mayor.
Asunto: LICENCIA URBANÍSTICA DE OBRA MAYOR INSTALACIÓN Y DESINSTALACIÓN DE TORRE ANENOMÉTRICA EN VALDECONEJOS, MUNICIPIO DE ESCUCHA (TERUEL).
Persona interesada: D. Mario Móstoles Nieto en representación de OLIVENTO, S.L.; NIF B84172790
Fecha de iniciación: 24/03/2025
Documento firmado por: Alcaldía, Secretaría

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
A la vista de la solicitud:
Nombre y Apellidos/Razón Social
NIF/CIF
Nº de Registro de Entrada
Fecha
D. Mario Móstoles Nieto
en representación de
Olivento, S.L.
****75***
/
B84172790
2025-ERE-61
20/03/2025

En la que consta lo siguiente:


Imágenes no soportadas, ver Boletín publicado en formato pdf.





Para la ejecución del siguiente acto:
Tipo:
Licencia Urbanística de Obra Mayor
Objeto:
INSTALACIÓN Y DESINSTALACIÓN DE TORRE ANENOMÉTRICA EN VALDECONEJOS, MUNICIPIO DE ESCUCHA (TERUEL).
Presupuesto:
60.903,87 euros.
Observaciones:
La estructura de la torre tiene una dimensión de 2 m2, pero el total de ocupación es de 3.930 m2, ya que se instalan unos vientos para el soporte de la estructura. En el proyecto queda reflejado las dimensiones de cada uno de los elementos.

Que se va a llevar a cabo en el siguiente emplazamiento:
Referencia Catastral:
44104A101000120000TR
Localización:
Polígono 101 Parcela 12

Y de acuerdo con el siguiente proyecto técnico:
Autor:
D. David Camacho Barcelón
Colegio Oficial:
Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Aragón
Número:
8.995
Fecha:
12/03/2025
CSV:
ET203URWUF7792M0

Visto que con fecha 24/03/2025, una vez estudiada la solicitud presentada, Secretaría formuló su propuesta en la que argumentaba la necesidad de tramitar el procedimiento para conceder la licencia de obra mayor, iniciando expediente de Licencia de Obra Mayor.

Iniciado el expediente y realizada la tramitación establecida en la normativa aplicable, que ha quedado plasmada mediante la incorporación de la siguiente documentación:

Documento
Fecha/N.º
Observaciones
Solicitud de la persona interesada
20/03/2025
2025-ERE-61
Propuesta de Secretaría
24/03/2025

Providencia de Alcaldía
24/03/2025

Informe Jurídico
24/03/2025
Favorable
Providencia de Alcaldía
24/03/2025

Informe de los Servicios Técnicos
23/03/2025
Favorable
Oficio Consejo Provincial de Urbanismo
27/03/2025

Acuerdo Consejo Provincial de Urbanismo
20/06/2025
2025-ERC-931
Publicación Boletín Oficial Provincia de Teruel
02/07/2025
BOPT. Núm 122
Certificado de Secretaría alegaciones
18/07/2025

Informe-Propuesta de Resolución
18/07/2025

Visto que la aprobación corresponde a la Alcaldía conforme a lo establecido en los artículos 21.1.q) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, 30.1.ñ) de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, 226.1 del texto refundido de la Ley de Urbanismo aprobado por Decreto-Legislativo 1/2014, de 8 de julio y 139.1 del Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón, se emite la siguiente

RESOLUCIÓN
PRIMERO. Conceder licencia de obras al solicitante, para la realización de las obras descritas, de acuerdo con las siguientes determinaciones:
a) Las actuaciones se ajustarán en su ejecución al proyecto técnico presentado junto con la solicitud y a las Normas de planeamiento vigentes en la localidad. Así mismo deberá respetar lo establecido en el Plan/estudio de seguridad.
b) Las actuaciones se ajustarán a lo establecido en el Informe Técnico Municipal de fecha 23/03/2025.
c) La presente Licencia de Obras se otorga dejando a salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de tercero.
SEGUNDO. Las obras deberán iniciarse en un plazo máximo de seis meses, a partir de la notificación de la presente resolución, siendo en todo caso la duración máxima de ejecución de la obra de un año, a contar igualmente a partir de la notificación de esta resolución.
TERCERO. Notificar la presente resolución a la persona interesada, con indicación de los recursos pertinentes, y proceder a su publicación.
Asimismo, quedará a disposición de las personas interesadas en la sede electrónica de este Ayuntamiento dirección https://escucha.sedelectronica.es/info.0

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Teruel, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

Escucha, a fecha de firma electrónica.
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