Publicado el 4/1/26, BOP número 63
Datos del Anunciante
Sección:Administración Local
Órgano Emisor:Ayto. de La Puebla de Valverde
Departamento:Ayto. de La Puebla de Valverde
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Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [ http://lapuebladevalverde.sedelectronica.es].
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el Acuerdo de aprobación de la mencionada Ordenanza.
Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 140 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón.
La Puebla de Valverde, a 27 de marzo de 2026.- La Alcaldesa D. Maria Angeles Izquerdo Escuder.- Documento firmado electrónicamente.