BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2026-0623

Aprobar el padrón fiscal y las liquidaciones integrantes de este del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica correspondiente al periodo anual de 2026.

Publicado el  3/2/26, BOP número  41

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Muniesa

Departamento:
Ayto. de Muniesa

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Resolución de Alcaldía n.º 2026-0018 de fecha 24 de febrero de 2026 de la Entidad de Muniesa por el que se aprueban el padrón fiscal y las liquidaciones integrantes de este del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica correspondiente al periodo anual de 2026.

Habiéndose aprobado el mencionado padrón fiscal y las liquidaciones integrantes de este, a efectos de su notificación colectiva, se publica el mismo para su general conocimiento en cumplimiento de los artículos 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y 24 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio.

Dicho padrón y las liquidaciones integrantes de este, se expondrán al público por un plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel, en las dependencias de la Corporación, así como en su sede electrónica http://muniesa.sedelectronica.es.

Contra el acto de aprobación del citado padrón y/o las liquidaciones contenidas en este podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del periodo de exposición pública, de acuerdo con cuanto establece el artículo 14.2.c) del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

Plazo de ingreso: El plazo para el pago en voluntaria será de dos meses naturales contados a partir de la publicación de este anuncio en el “Boletín Oficial de la Provincia de Teruel”.

Lugar y forma de pago: Los recibos domiciliados serán cargados directamente en las cuentas señaladas por los contribuyentes.

Los recibos no domiciliados serán enviados al domicilio del contribuyente para su abono en las cuentas bancarias que se indicarán en el recibo o bien en la caja del Ayuntamiento. Los contribuyentes que no hayan recibido la documentación de pago podrán reclamarla en las oficinas municipales sitas en Calle Mayor, 19, sin que su falta de recepción exima de la obligación de realizar el pago.

Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda se iniciará el período ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas que se produzcan.

Muniesa, a fecha de firma electrónica.

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