BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2024-2669

Aprobar definitivamente la modificación de créditos n. º 3/2024 del Presupuesto en vigor,

Publicado el  8/5/24, BOP número  149

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Urrea de Gaén

Departamento:
Ayto. de Urrea de Gaén

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SUMARIO
Acuerdo del Pleno de fecha 25/07/2.024 de la entidad de Ayuntamiento de Urrea de Gaén, por el que se aprueba definitivamente la modificación de créditos n. º 3/2024 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario, con cargo al remanente líquido de tesorería.
TEXTO
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de crédito extraordinario, financiado con cargo al remanente líquido de tesorería, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Estado de gastos
Aplicación
Descripción
Créditos iniciales
Crédito
extraordinario
Créditos
finales
Progr.
Económica




1510
61000
Inversiones en terrenos
0
45.169,50
45.169,50


TOTAL
0
45.169,50
45.169,50
Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de Tesorería, en los siguientes términos:
Estado de ingresos
Aplicación: económica
Descripción
Euros


87000
Para gastos generales
45.169,50



TOTAL INGRESOS
45.169,50
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Teruel con sede en Teruel, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por del acto o Acuerdo impugnado.
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